Disposición - Simple N° 3763 - DGDYPC/2023, 10/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 3763/DGDYPC/23
Buenos Aires, 6 de junio de 2023
VISTO: El Expediente Electrónico N° 34145710-GCABA-DGDYPC-2021, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. Carolina Rodino, DNI N°
26.800.185, contra Tocco, Daniel Roberto, CUIT Nº 20-10399847-7, por presunta
infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones al denunciado, con fecha 02 de diciembre de
2021 se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad
sin haberse arribado a una amigable composición;
Que por informe IF-2022-09934303-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Tocco, Daniel Roberto, se encuentra inscripto bajo la matrícula N° 129;
Que por providencia PV-2022-34870192-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos 9 incisos e), f), h), j) y l) apartado g) y 10 incisos
e) y f) de la Ley 941;
Que notificada la imputación, el sumariado solicita vista de las actuaciones, la cual se
le concede mediante correo electrónico de fecha 19/10/2022, presentando con
posterioridad descargo y acompañando prueba documental;
Que no quedando diligencias pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se le imputó al administrador la presunta
infracción al artículo 9 incisos e), f), h), j) y l) apartado g) de la Ley 941, cuyo texto
reza: “Artículo 9.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones
deben: (...) e. Llevar actualizado un libro de Registro de Firmas de los Copropietarios,
el que es exhibido al comienzo de cada Asamblea a fin que los copropietarios
presentes puedan verificar la autenticidad de los poderes que se presenten (...) f.
Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de los
consorcistas a la misma; (...) h. Depositar los fondos del consorcio en una cuenta
bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que soliciten la
apertura de la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como
opción la gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento
mensual, emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo que
corresponda a la ciudad (...) j. Convocar a las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias
conforme a los reglamentos de copropiedad, bajo pena de nulidad, especificando
lugar, día, temario y horario de comienzo y finalización. En la misma se adjuntará
copia del acta de la última asamblea realizada. (...) l. Los recibos de pagos de
expensas deben ser numerados y contener los siguientes datos: a) Denominación y
domicilio del consorcio; b) Piso y departamento; c) Nombre y apellido del/a
propietario/a; d) Mes que se abona, período o concepto; e) Vencimiento, con su interés
respectivo; f) Datos del/a administrador/a, firma y aclaración, CUIT y número de
inscripción en el Registro; g) Lugar y formas de pago (...)”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6657 - 10/07/2023

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