Disposición - Simple N° 3761 - DGDYPC/2023, 10/07/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 3761/DGDYPC/23
Buenos Aires, 6 de junio de 2023
VISTO: El Expediente Electrónico N° 7401693-GCABA-DGDYPC e inc.-2022, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. Sandra Griselda Gulias Gil,
DNI 17.333.507, contra Claudia Verónica Cienuch, CUIT 27-17726245-0, y Celia
Angélica Castro de Cienuch, CUIT 27-03562405-3, por presunta infracción a la ley
ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones en el marco de las denuncias Nº 1391/2022 y
Nº 71/2022, con fecha 23 de marzo de 2022 y 17 de marzo de 2022 respectivamente,
se promovieron los procedimientos conciliatorios, los que concluyeron sin acuerdo
entre las partes;
Que por informes IF-2022-17714245-GCABA-DGDYPC e IF-2022-36208180-GCABA-
DGDYPC, el Registro Público de Administradores de Consorcios de Propiedad
Horizontal puso en conocimiento que Claudia Verónica Cienuch y Celia Angélica
Castro de Cienuch, se encuentran inscriptas bajo las matrículas N° 6172 y N° 2980
respectivamente;
Que por providencia PV-2022-44852936-GCABA-DGDYPC, se procedió a acumular y
tramitar en forma conjunta las denuncias supra referidas, en virtud de tratarse de las
mismas sumariadas, denunciante y consorcio; ello en virtud de lo establecido en el
inciso b) del artículo 26 del Decreto de Necesidad y Urgencia N ° 1510/97, y se les
formuló imputación por presunta infracción a los artículos 9 incisos f) y j),10 inciso a) y
12 de la Ley 941;
Que la misma fue notificada con fecha 01/12/2022, mediante correo electrónico
dirigido a las casillas constituidas por las requeridas ante el precitado Registro Público;
Que en fecha 21/12/2022 la co-administradora Celia Angélica Castro de Cienuch,
realiza una presentación mediante la cual solicita prórroga a los fines de efectuar su
descargo y vista de las actuaciones, por lo que se procedió mediante providencia PV-
2023-06828673-GCABA-DGDYPC, a conceder un plazo de diez (10) días hábiles de
notificada, a los fines de que formule el descargo y ofrezca las pruebas de las que
pretendiera valerse, concediéndose la vista solicitada;
Que debidamente notificadas ambas administradoras mediante correo electrónico de
fecha 10/02/2023, la Sra. Celia Angélica Castro de Cienuch presenta descargo y
acompaña prueba documental;
Que en fecha 10/04/2023 la denunciante efectúa una nueva presentación, la cual fue
respondida mediante providencia PV-2023-14207545-GCABA-DGDYPC y
debidamente notificada mediante correo de fecha 13/04/2023;
Que finalmente, mediante providencia PV-2023-14206702-GCABA-DGDYPC, se
rechazó la prueba testimonial e informativa ofrecida por la precitada administradora al
momento de efectuar su descargo y se tuvo por decaído el derecho de Claudia
Verónica Cienuch, atento haber vencido el plazo dispuesto para la presentación del
descargo, sin que la misma realizara defensa alguna;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6657 - 10/07/2023

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