Disposición - Simple N° 3430 - DGDYPC/2023, 21/06/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 3430/DGDYPC/23
Buenos Aires, 18 de mayo de 2023
VISTO: El Expediente Electrónico N° 38104772-GCABA-DGDYPC-2021, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia del Sr. Jorge Luis Piro, DNI
17.968.747, contra Claudia Noemí Robles, CUIT 27-13276415-3, por presunta
infracción a la Ley Ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada en el marco de las denuncias
N° 14818/2021 y N° 4951/2022, con fecha 20 de enero de 2022 y 23 de junio de 2022
respectivamente, se promueven las correspondientes instancias conciliatorias, las que
concluyen en dichas oportunidades sin que las partes arribasen a una amigable
composición;
Que por informe IF-2021-35088432-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Claudia Noemí Robles se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 8756;
Que por providencia PV-2022-24062266-GCABA-DGDYPC se resuelve la
acumulación y tramitación conjunta de las Denuncias N° 14818/2021 y N° 4951/2022
(por tratarse de las mismas partes y hechos ocurridos en el mismo consorcio) y se
formula imputación por presunta infracción a los artículos 6, 9 incisos a), b), e), f), g),
q) y r) y 11 incisos b), c), d), e) y f) de la Ley 941;
Que la misma fue notificada mediante correo electrónico dirigido en fecha 04/07/2022
a las casillas constituidas por la sumariada ante el precitado Registro Público y en las
audiencias de conciliación de los días 20/01/2022 y 23/06/2022, y por cédula N° 2359-
DGDYPC-22 notificada el día 01/08/2022;
Que debidamente notificada, la imputada presenta descargo, acompaña prueba
documental y ofrece la producción de prueba testimonial;
Que resuelto el ofrecimiento de prueba mediante providencias PV-2022-39228503-
GCABA-DGDYPC y PV-2022-42207974-GCABA-DGDYPC (notificadas por correos
electrónicos de fechas 04/11/2022 y 22/11/2022 respectivamente) y no quedando
diligencias pendientes, pasaron los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se le imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 6 in fine de la Ley 941, cuyo texto reza: “Certificado de
Acreditación: (...) El/la administrador/a debe presentar ante el consorcio el certificado
de acreditación en la asamblea ordinaria o extraordinaria que se realice a fin de
considerar su designación”;
Que ello así, de conformidad con lo establecido por el artículo 15 inciso e) del mismo
texto normativo, en el que se dispone: “Artículo 15.- Infracciones: Son infracciones a la
presente Ley: (...) e. El incumplimiento de la obligación impuesta por el art. 6° in
fine...”;
Que en tal sentido, la precitada imputación tuvo lugar, por cuanto la sumariada no
habría presentado el certificado de acreditación establecido en el citado artículo, en la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6644 - 21/06/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR