Disposición - Simple N° 305 - DGSPCB/2023, 06/09/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 305/DGSPCB/23
Buenos Aires, 1 de septiembre de 2023
VISTO: Las Leyes N° 5688/16 (B.O. N° 5030, texto consolidado mediante Ley 6588)y
N° 6593/22 (B.O. 6513), los Decretos N° 446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 63-
DGSPR/2010 N° 292-DGSPR/2010 N° 272-DGSPR/2011 N° 272-DGSPR/2012 N°
306-DGSPR/2013 N° 325-DGSPR/2014 N° 253-DGSPR/2015 N° 346-DGSPR/2016
N° 275-DGSPR/2017 N° 292-DGSPR/2017 N° 346-DGSPR/2017 N° 312-
DGSPR/2018 N° 308-DGSPR/2019 N° 242-DGSPR/2020 N° 246-DGSPCB/2021 y N°
288-DGSPCB/2022 y carpeta E171046, y;
CONSIDERANDO:
Que el Instituto de la UNIVERSIDAD TECNOLOGICA NACIONAL, CUIT N° 30-
54667116-6, con domicilio real y constituido en Av. Medrano N° 951, Piso 2°, ambos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, se encuentra reconocido por la Dirección
General de Seguridad Privada y Custodia de Bienes, para impartir cursos de
capacitación, actualización y adiestramiento para vigiladores;
Que el artículo 466, punto 17, de la Ley Nº 5688, establece entre las funciones de la
Dirección General de Seguridad Privada y Custodia de Bienes, la de inscribir y llevar
un Registro de Institutos de Formación;
Que, a los fines de obtener la inscripción anual en los registros de esta Dirección
General, el Instituto presentó la correspondiente actualización del Convenio celebrado
oportunamente con el polígono de tiro, donde se imparte la capacitación y practica de
tiro, así como la actualización de las firmas de quienes suscriben los certificados de
capacitación pertinente;
Qué, asimismo, acompaño los certificados de Deudores Morosos Alimentarios y
Certificados de Antecedentes Penales de los Responsables del Instituto, del Director a
cargo de los cursos y del Instructor de Tiro, y abonó el arancel previsto en la Ley N°
6593/22;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, surge que el Instituto de referencia ha cumplimentado la totalidad de los
requisitos exigidos por la Ley Nº 5688, para concederle su inscripción en el registro
como Instituto de Formación para Vigiladores;
Que la renovación de la inscripción deberá ser solicitada por el Instituto con 30 (treinta)
días de anticipación al vencimiento de la misma, previa cumplimentación de la
totalidad de los requisitos exigidos.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
DISPONE:
Artículo 1º.- Renuévese la inscripción en el registro de la UNIVERSIDAD
TECNOLOGICA NACIONAL, CUIT N° 30-54667116-6, a partir del día 13/09/2023 y
por el término de un (1) año, para impartir los cursos de Capacitación, Actualización y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6701 - 06/09/2023

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