Disposición - Simple N° 292 - DGCYC/2023, 10/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 292/DGCYC/23
Buenos Aires, 30 de marzo de 2023
VISTO: la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley N° 6.588), el Decreto
Reglamentario N° 74/21, el Expediente Electrónico Nº EX-2022-44785207-GCABA-
DGCYC, la Disposición N° 992/GCABA-DGCYC/2022, y
CONSIDERANDO:
Que en las presentes actuaciones tramita el recurso de reconsideración y jerárquico
en subsidio interpuesto con fecha 12 de enero de 2023 por la apoderada de la firma
ABC LATINOAMERICANA DE COMERCIALIZACIÓN S.A. (CUIT N ° 30-71506605-6),
contra los términos de la Disposición N° DI-2022-992-GCABA-DGCYC, dictada en el
marco del Expediente N° EX-2022-44785207- -GCABA-DGCYC, mediante la cual se
resolvió rescindir la Orden de Compra N° 9764-8580-OC22, emitida en el marco del
Proceso N° 623-1473- LPU19, que le fuera adjudicada a la firma recurrente, por un
importe de PESOS CUATROCIENTOS VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA
Y DOS CON NOVENTA Y TRES CENTAVOS ($ 425.382,93.-), y en consecuencia,
imponer a dicha firma una multa de PESOS CUARENTA Y DOS MIL QUINIENTOS
TREINTA Y OCHO CON VEINTINUEVE CENTAVOS ($42.538,29.-), equivalente al
10% del monto de la Orden de Compra indicada ;
Que la referida sanción le fue impuesta a raíz de lo manifestado mediante Nota N° NO-
2022-43771190-GCABA-DGAR por el Director General de Administración de Recursos
del Ministerio de Educación quien da cuenta del incumplimiento de la Orden de
Compra N° 9764-8580-OC22 según lo solicitado por la Dirección General de
Mantenimiento Escolar, mediante Nota N° NO-2022-41524952-GCABA-DGMESC, en
relación a que “... el plazo de entrega se encuentra vencido y que luego de contactar a
los proveedores a través de las líneas telefónicas y correo electrónico institucional
declarados en BAC, los mismos informaron que no iban a realizar las entregas
correspondientes.”;
Que la recurrente fundamenta su recurso de reconsideración y Jerárquico en subsidio,
el cual se incorpora en el Orden 10 (IF-2023-4730805-GCABA-DGCYC) alegando, en
lo que resulta importante destacar, que la ejecución del contrato original con fecha
14/02/2020 finalizó con fecha 14/02/2021 y fue prorrogado con fecha 18/02/2021
finalizando el 18/02/2022 de total conformidad, no obstante, con fecha 24/02/2022
recibe una nueva ampliación de la prestación, sin aval jurídico que permita una
ampliación superior prevista por el Artículo 119 de la Ley N° 2095 motivo por el cual,
entiende, no corresponde acceder a lo solicitado por haberse agotado la posibilidad de
requerir prorrogas adicionales a las permitidas por el Artículos 119 de la Ley N° 2095
al tiempo que agregó que el mismo día (24/02/2022) presentó una nota rechazando el
citado Convenio Marco N° 623-12-CM22;
Que, en virtud de la Nota de rechazo de fecha 24/02/2022 (IF-2023-11103304-
GCABA-DGCYC) esta Dirección General mediante Notificación Electrónica (NOTIF
2022-09668230-GCABA-DGCYC) agregada en el Orden 11, le notifica a la
presentante lo establecido por el Artículo 8 del Pliego de Bases y Condiciones
Particulares que rigiera el proceso que nos ocupa, a saber: “El Gobierno de la Ciudad
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6596 - 10/04/2023

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