Disposición - Simple N° 291 - DGADCYP/2023, 13/12/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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DISPOSICIÓN N.° 291/DGADCYP/23
Buenos Aires, 6 de diciembre de 2023
VISTO: la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6588) actualmente modificada
por Ley N° 6647, los Decretos N° 74-GCABA/21 y N° 129-GCABA/23, la Disposición
N° 299-GCABA-DGADCYP/22 y el Expediente Electrónico Nº 25.482.891/GCABA-
DGADCYP/2022, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente citado en el Visto tramitó la Contratación Directa N° 401-1003-
CDI22 gestionada para la contratación del Servicio de mantenimiento preventivo y
correctivo de equipos marca Dräger, con destino a diversos efectores dependientes
del Ministerio de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por un
plazo de quince (15) meses cinco (5) Trimestres;
Que por Disposición N° 299-GCABA-DGADCYP/22 se aprobó y adjudicó la presente
contratación a la firma DRÄGER ARGENTINA S.A y se emitió la Orden de Compra N°
401-14042-OC22 por la suma total de PESOS TREINTA Y SEIS MILLONES
OCHENTA Y SIETE MIL VEINTISEIS CON SETENTA Y CINCO CENTAVOS ($
36.087.026,75);
Que la contratación que nos ocupa tuvo inicio el 1 de octubre de por un plazo de
quince (15) meses cinco (5) Trimestres, el vencimiento de la contratación operará el
día 31 de diciembre de 2023;
Que, frente al próximo vencimiento del plazo de la contratación, a fin de no
discontinuar el servicio de marras dadas las características del equipamiento afectado
al mismo la Dirección General Coordinación Tecnologías y Financiamiento en Salud
mediante Notas N° NO-2023-43348628-GCABA-DGCTFS y NO-2023-43361721-
GCABA-DGCTFS, solicitó una prórroga en virtud que esa Orgánica se encuentra
evaluando una nueva contratación con igual objeto;
Que en virtud de la naturaleza de la gestión que nos ocupa y de lo establecido en el
numeral 3 del Pliego de Bases y Condiciones Particulares que rige el procedimiento,
resulta de aplicación lo contemplado en el artículo 111 inciso III) -Facultades del
Organismo Contratante- de la Ley N° 2095 (Texto consolidado por Ley N° 6588),
actualmente modificada por Ley N° 6647, el cual establece que una vez perfeccionado
el contrato, el organismo contratante puede:... III) Prorrogar cuando así se hubiere
previsto en el Pliego de Bases y Condiciones Particulares, los contratos de suministros
de cumplimiento sucesivo o de prestación de servicios, a su vencimiento, por un plazo
igual o menor del contrato inicial, no pudiendo el plazo de la prórroga superar al plazo
de vigencia original del contrato”;
Que a tenor de lo expuesto y la normativa citada resulta procedente prorrogar la
contratación por el plazo de seis (6) meses dos (2) trimestres o hasta la entrada en
vigencia de la nueva contratación a gestionar, por la suma total de PESOS CATORCE
MILLONES CUATROCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL OCHOCIENTOS DIEZ
CON SETENTA CENTAVOS ($ 14.434.810,70) a valores del contrato original.;
Que, en ese contexto, y al amparo de la normativa invocada, la gestión que se propicia
importa el ejercicio por parte de la administración del ius variandi en forma unilateral y
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6768 - 13/12/2023

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