Disposición - Simple N° 2852 - DGDYPC/2022, 14/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 2852/DGDYPC/21
Buenos Aires, 16 de julio de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N° 33438543-GCABA-DGDYPC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. Mirta Zulema Portalez, DNI
6.532.178, contra Constanza Ximena Tettamanti, CUIT 27-25790019-9, por presunta
infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 29/11/2019 se
promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin que
las partes arribasen a una amigable composición;
Que por Informe IF-2020-08765109-GCABA-DGDYPC el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Constanza Ximena Tettamanti se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 2844;
Que por providencia PV-2021-18360580-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos 9 incisos h), j) y l) apartados e) y g) y 10 incisos
e), f), h) e i) de la Ley 941;
Que notificada la imputación, la sumariada presenta descargo y acompaña prueba
documental;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a
resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 9 incisos h), j) y l) apartados e) y g) de la Ley 941, cuyo texto
reza: “Artículo 9º.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones
deben: (...) h. Depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria a nombre del
Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que soliciten la apertura de la cuenta
en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como opción la gratuidad de
dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento mensual, emisión de
chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo que corresponda a la
ciudad. (...) j. Convocar a las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias conforme a los
reglamentos de copropiedad, bajo pena de nulidad, especificando lugar, día, temario y
horario de comienzo y finalización. En la misma se adjuntará copia del acta de la
última asamblea realizada. (...) l. Los recibos de pagos de expensas deben ser
numerados y contener los siguientes datos: (...) e) Vencimiento, con su interés
respectivo. (...) g) Lugar y formas de pago. (...)”;
Que la imputación por presunta infracción al inciso h) tuvo lugar, a partir del contenido
de la denuncia radicada, lo plasmado en el correo electrónico de fecha 15/11/2019 y lo
informado en las liquidaciones de expensas obrantes en autos y correspondientes a
los periodos de enero a agosto de 2019 -cuya confección se le atribuye a al requerida-,
dado que en conjunto evidenciarían la falta de depósito de las sumas de dinero por las
que el Consorcio administrado resulta acreedor en la cuenta bancaria de su titularidad;
Que en su descargo, la sumariada da cuenta que la información vertida en dichos
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6519 - 14/12/2022

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