Disposición - Simple N° 2740 - DGDYPC/2023, 18/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
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DISPOSICIÓN N.º 2740/DGDYPC/22
Buenos Aires, 20 de abril de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N° 36428791-GCABA-DGDYPC-2021, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia del Sr. Pablo Nicolás Puzino, DNI N°
4.307.517, contra Pablo José Ferrari, CUIT N° 20-16677796-9, por presunta infracción
a la ley ritual;
Que por informe IF-2021-09137027-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Pablo José Ferrari se encuentra inscripto bajo la matrícula N° 5794;
Que por providencia PV-2022-06879890-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos, 9 incisos e), f), j), l) apartados a), e) y f) y r) y 10
incisos e), f) y h) de la Ley 941;
Que notificada la imputación, el sumariado presenta descargo y acompaña prueba
documental;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a
resolver;
Que en este estado de las actuaciones, corresponde emitir acto administrativo
definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó al administrador la presunta
infracción al artículo 9 incisos e), f), j), l) apartados a), e) y f) y r) de la Ley 941, cuyo
texto reza: Artículo 9º.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus
funciones deben: (...) e. Llevar actualizado un libro de Registro de Firmas de los
Copropietarios, el que es exhibido al comienzo de cada Asamblea a fin que los
copropietarios presentes puedan verificar la autenticidad de los poderes que se
presenten. f. Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de
los consorcistas a la misma. (...) j. Convocar a las Asambleas Ordinarias o
Extraordinarias conforme a los reglamentos de copropiedad, bajo pena de nulidad,
especificando lugar, día, temario y horario de comienzo y finalización. En la misma se
adjuntará copia del acta de la última asamblea realizada. (...) l. Los recibos de pagos
de expensas deben ser numerados y contener los siguientes datos: a) Denominación y
domicilio del consorcio. (...) e) Vencimiento, con su interés respectivo. f) Datos del/a
administrador/a, firma y aclaración, CUIT y número de inscripción en el Registro. (...) r.
Al momento de su designación, el administrador debe informar al consorcio en forma
cierta y veraz, haciendo constar en acta detalladamente, todos aquellos servicios y
trámites que realice por cuenta propia y formen parte de sus honorarios, así como
también aquellos cuya realización sea encargada a otros prestadores y/o gestorías y
que excedan la remuneración pactada por su actividad (...)”;
Que la imputación por presunta infracción al inciso e) tuvo lugar, a partir del contenido
del acta de Asamblea de fecha 14/10/2021, de la que no se advertiría que se hayan
cumplido los recaudos que se desprenden del inciso respecto del Libro de Registro de
Firmas;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6687 - 18/08/2023

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