Disposición - Simple N° 26 - DGDEI/2023, 25/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
1983-2023. 40 Años de Democracia
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 26/DGDEI/23
Buenos Aires, 23 de agosto de 2023
VISTO: Las Leyes Nros. 2.148 (Texto consolidado Ley N° 6.588), 6.292 y 6.486, los
Decretos Nros. 588/2010, 463/2019 y sus modificatorios y 337/2020, la Resolución
Nro. 435/2023, las Disposiciones Nros. DI-868-DGEDyL-01, 12/DGDEI/21 y el EX-
2023- 31197311-GCABA-DGDEI y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 20 de julio de 2001, mediante la Disposición Nro. DI-868-DGEDyL-01
se aprobó la Habilitación de la Escuela de Conducir denominada RAÚLa nombre del
Sr. Raúl Ismael Amado, titular del DNI N° 4.470.232, con domicilio en la calle La Rioja
Nro. 2197, bajo permiso habilitante Nro. 11;
Que, asimismo, con fecha 31 de mayo de 2021 mediante la Disposición Nº
12/DGDEI/21 en sus artículos Nro. 7, 8 y 9 respectivamente, se habilitó a los Sres.
ARIADNA IANINA LAMBRUSCHINI titular del DNI N° 30.082.160, RODRIGO LEONEL
LAMBRUSCHINI titular del DNI N° 31.703.829 Y JOSÉ LUIS LAMBRUSCHINI titular
del DNI 14.101.728 como instructores de la Escuela de Conductores RAÚL, para
impartir clases prácticas y/o teóricas de manejo de automotores, a partir del 31 de
mayo del 2021 y hasta el 31 de mayo del 2023 inclusive;
Que, en ese sentido, los mencionados instructores a los fines de proceder a la
renovación de la habilitación provisoria, realizaron la presentación de la
documentación pertinente ante la Gerencia Operativa de Educación y Convivencia
Vial, área dependiente de la Dirección General de Diseño e Implementación, entre las
cuales se encuentra la condición de encontrarse cursando el Curso de Formación
Profesional para instructor profesional de Escuelas de Conducir;
Que mediante la Ley N° 6.486 se modificó la Ley N° 2148 que aprobó el Código de
Tránsito y Transporte de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en cuyo Capítulo 3.3
del mencionado Código regula el funcionamiento de las Escuelas de Conductores de
Automotores;
Que con respecto a las exigencias para los instructores, el Artículo N° 3.3.4 del citado
Código, establece que: La matrícula de instructor es otorgada por primera vez, por un
período de dos (2) años, cumpliendo los siguientes requisitos: a) Ser mayor de
dieciocho (18) años y poseer título secundario. b) Poseer licencia de conductor
vigente, de acuerdo a los siguientes criterios: - Clase A con una antigüedad mínima de
dos (2) años, para enseñar a los aspirantes a obtener licencias de la clase A, según
reglamentación. - Clase D con una antigüedad mínima de dos (2) años, para enseñar
a los aspirantes a obtener licencias de las clases B o D indistintamente. - Clase C, E o
G con una antigüedad mínima de un (1) año, para enseñar a los aspirantes a obtener
licencias de las clases C, E o G, respectivamente. c) Poseer certificación de haber
aprobado el curso de habilitación de instructor teórico-práctico, dictado por la
Autoridad de Aplicación o quien ésta decida. d) Mantener inexistencia de antecedentes
penales, en los mismos términos que los establecidos en el artículo 3.2.14 para la
obtención de licencia profesional de conductor clase D. A tal fin, debe presentarse el
certificado correspondiente cada vez que se le solicite o cuando renueve la matrícula”;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6692 - 25/08/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR