Disposición - Simple N° 2443 - DGIUR/2023, 21/12/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 2443/DGIUR/23
Buenos Aires, 4 de diciembre de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019 y el EX-
2023-40132598-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que, por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “1.3 Comercio mayorista con depósito complementario (art. 3.12.5.a). Com.
may. de ropa confecc., lencería, blanco, mantel. textil en Gral. y pieles (c/deposito art -
5.2.8 inc. a), 1.8 Comercio minorista excluido comestibles como uso principal, Com.
min. de ropa confección, lencería, blanco, mantel. text. en Gral. y pieles” en el
inmueble sito en la calle San Nicolás N° 380 Planta Baja y Entrepiso, (Sección 077,
Manzana 117, Parcela 025);
Que, al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe Nº
44097077/DGIUR/2023 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que deniegue desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización de los usos solicitados en el
Expediente de referencia;
Que, para arribar a dicha conclusión, se analizó que el predio en cuestión se
encuentra emplazado en el Área de Protección Histórica Especifica APH 53 "Floresta”,
del Código Urbanístico;
Que resultan de aplicación los artículos 3.1. Usos del Suelo Urbano y su Clasificación;
9.1.1.1. Áreas de Protección Histórica; 3 Áreas de Protección Histórica (APH); 3.7.39.
APH53 – Floresta; 5.2 APH53) Usos en inmuebles no catalogados del Código
Urbanístico;
Que surge como documentación adjunta: IF-2023-40132601-GCABA-SSGU
(formulario de ubicación), PLANO-2023-40132592-GCABA-SSGU (Plano de la
propuesta de usos), IF-2023-40132590-GCABA-SSGU (memoria descriptiva), IF-2023-
40132571-GCABA-SSGU (formulario de consulta de usos);
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6775 - 21/12/2023

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