Disposición - Simple N° 2436 - DGIUR/2023, 21/12/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 2436/DGIUR/23
Buenos Aires, 1 de diciembre de 2023
VISTO: el Código Urbanístico (Ley Nº 6099 y sus modificatorias), la Ley Nº 6292, los
Decretos N° 99/GCABA/2019, Nº 177/2020, la Ley de Procedimientos Administrativos
de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires (texto consolidado por Ley Nº 6588), el
Expediente Electrónico EX-2022-48218156-GCABA-SSGU, la Disposición DI-2023-
645-GCABA-DGIUR; y
CONSIDERANDO:
Que por los presentes actuados, Expediente Electrónico EX-2022-48218156-GCABA-
SSGU, tramita una Consulta de Modificación y Ampliación a desarrollarse en el predio
de la calle Arcos N.º 2849/55 de esta Ciudad (Nomenclatura catastral: Sección 027;
Manzana 037; Parcela 010);
Que en virtud de lo requerido, se dio intervención a la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, perteneciente a esta Dirección General, la cual mediante Informe
IF-2023-08829059-GCABA-DGIUR (Nº de orden 24) expresó: “El predio en cuestión,
se encuentra emplazado en una zona afectada por Unidades de Sustentabilidad de
Altura Alta (U.S.A.A.), Art. 6.2.3 del Código Urbanístico (Ley N° 6099, B.O. N° 5526
27/12/2018) y su s Modificaciones (Ley N° 6361 B.O. N° 6020 18/12/2020 y Ley N°
6564 B.O. N° 6469 - 27/09/2022 ). 3. Ahora bien, analizado el caso en cuestión y de
acuerdo con la documentación adjunta, se observa que se propone extender el único
nivel de subsuelos por detrás de la Línea Interna de Basamento (LIB), invadiendo el
Centro Libre de Manzana. 4. Por lo expuesto precedentemente, la Gerencia Operativa
de Morfología Urbana entiende que la propuesta adjunta no se encuadra dentro de lo
establecido por el Art. 6.6. Regulación de Subsuelos del Código Urbanístico vigente,
toda vez que el mismo permite extender un único nivel de subsuelos sobre el Centro
Libre de Manzana para dar cumplimiento a los requerimientos de estacionamiento
vehicular, de los cuales la parcela en estudio estaría eximida al tener un ancho libre
menor a 10.00 m según el Art. 3.14.8.1. Estacionamientos del Código Urbanístico
vigente”;
Que, en dicha inteligencia, mediante Disposición DI-2023-645-GCABA-DGIUR (Nº de
orden 28), esta Dirección General denegó, desde el punto de vista urbanístico, el
proyecto de Modificación y Ampliación a desarrollarse en el inmueble en cuestión;
Que el precitado acto administrativo fue notificado mediante cédula de estilo IF-2023-
11377639-GCABA-DGIUR (Nº de orden 29) en fecha 20 de marzo de 2023 según
surge de la Constancia de Notificación Electrónica IF-2023-11378324-GCABA-DGIUR
(Nº de orden 31);
Que el Arq. Carlos Darviles Bollini, Mat. CPAU 27.279, en carácter de proyectista de la
obra, impetró mediante presentación IF-2023-11557178-GCABA-DGIUR (Nº de orden
35) Recurso de Reconsideración contra la Disposición DI-2023-645-GCABA-DGIUR,
en fecha 21 de marzo del corriente año;
Que, en virtud de la presentación recursiva, se dio nueva intervención a la Gerencia
Operativa de Morfología Urbana, la cual a través de Informe IF-2023-43397133-
GCABA-DGIUR (Nº de orden 44) indicó: “... analizado el caso en cuestión y de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6775 - 21/12/2023

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