Disposición - Simple N° 2122 - DGDYPC/2022, 07/12/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 2122/DGDYPC/21
Buenos Aires, 27 de mayo de 2021
VISTO: El Expediente Electrónico N° 06023762-GCABA-DGDYPC-2020, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. Patricia Adriana Guindi, DNI
17.915.260, contra Administración Mancusi S.H., CUIT 30-68768429-6, por presunta
infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a los representantes de la firma denunciada,
con fecha 09/09/2020 se promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en
dicha oportunidad sin que las partes arribasen a una amigable composición;
Que por Informe IF-2020-25043161-GCABA-DGDYPC el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Administración Mancusi S.H. se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 1788;
Que por providencia PV-2020-29068729-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción los artículos 9 incisos f), h) y l) apartados e), f) y g), 10 incisos
e), f) e i) y 12 de la Ley 941;
Que notificada la imputación, la representante de la sumariada presenta descargo y
acompaña prueba documental;
Que no quedando diligencias sumariales pendientes, se ordenó el pase de autos a
resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administración la presunta
infracción al artículo 9 incisos f), h) y l) apartados e), f) y g) de la Ley 941, cuyo texto
reza: “Artículo 9º.- Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones
deben: (...) f. Conservar la documentación del consorcio y garantizar el libre acceso de
los consorcistas a la misma. (...) h. Depositar los fondos del consorcio en una cuenta
bancaria a nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que soliciten la
apertura de la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como
opción la gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento
mensual, emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo que
corresponda a la ciudad. (...) l. Los recibos de pagos de expensas deben ser
numerados y contener los siguientes datos: (...) e).- Vencimiento, con su interés
respectivo. f).- Datos del/a administrador/a, firma y aclaración, CUIT y número de
inscripción en el Registro. g).- Lugar y formas de pago. (...)”;
Que la precitada imputación al inciso f) encontró sustento en el correo electrónico de
fecha 28/03/2019, por medio del cual se solicita la puesta a disposición de diversos
recibos por lo abonado en concepto de expensas y de los extractos bancarios de la
cuenta correspondiente al Consorcio de la calle Aranguren 2893. No obstante ello, por
parte de la sumariada no habría mediado respuesta satisfactoria al respecto;
Que en lo atinente a la presunta infracción al inciso h), la misma tuvo lugar a partir de
la nota obrante en autos de fecha 18/10/2018, la cual contaría con la firma de la
denunciante y de la representante de la firma en cuestión -Abraham, Nilda Rosa- y en
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6516 - 07/12/2022

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