Disposición - Simple N° 2031 - DGIUR/2023, 23/10/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 2031/DGIUR/23
Buenos Aires, 6 de octubre de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, y el EX-
2023-33158960-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de
localización de Usos en el inmueble sito en la calle Esmeralda N° 1351/59 Planta Baja,
Entre Suelo y Planta Sótano UF N° 1 (Sección: 003 Manzana: 040Parcela:
009a);
Que mediante la Ley N° 6099 y sus modificatorias, se aprobó el Código Urbanístico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que obra agregado a estos actuados el Anexo de Autorización de Usos del Suelo
como IF N° 37163616/DGIUR/23, remitido por la Gerencia Operativa de Usos del
Suelo, y en virtud de su análisis técnico, se considera factible la localización de Usos
solicitada;
Que por todo lo expuesto, corresponde el dictar el acto administrativo que autorice los
Usos del Suelo solicitados conforme el Anexo de Autorización de Usos del Suelo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Autorizase los Usos del Suelo conforme los términos enunciados en el
Anexo de Autorización de Usos del Suelo que como Anexo I (IF N°
37163616/DGIUR/23) forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2º.- La presente Disposición y su correspondiente Anexo de Autorización de
Usos del Suelo, tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días hábiles
administrativos, contados a partir del día hábil siguiente a su notificación. Dentro de
este plazo el peticionante deberá presentar la documentación pertinente ante el o los
organismos correspondientes.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6732 - 23/10/2023

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