Disposición - Simple N° 191 - DGEGP/2023, 29/09/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 191/DGEGP/23
Buenos Aires, 26 de septiembre de 2023
VISTO: La Ley 24.240, los Decretos Nº 2542-PEN/91 y N° 2417-PEN/93, las
Resoluciones N° 567- MEGC/08 y N° 960 MEGC/09, las Resoluciones N° 678-
SICM/99, N° 167-SCI/08 y N° 43-SCI/08, la Disposiciones Nros. 150-DGEGP/20, 68-
DGEGP/21, 227-DGEGP/22, 71-DGEGP/23, 113-DGEGP/23, N °145-DGEGP/23 y
N°164-DGEGP/23, el Expediente electrónico N° 28005416-DGEGP/23, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto N° 2542-PEN/91 crea la Comisión Asesora honoraria determinada por
los artículos 12 y 13, la cual ha sido conformada en la jurisdicción por Disposición N°
150-DGEGP/20 y 68-DGEGP/2021;
Que de acuerdo con lo establecido por las normas que regulan el sistema de
financiamiento de la educación pública de gestión privada, corresponde analizar la
actualización del valor de los aranceles y contribuciones de las escuelas que
desarrollan su actividad en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que, oportunamente, por Disposición Nº 227-DGEGP/2022 se definieron los aranceles
para el Ciclo Lectivo 2023;
Que por Disposición N°71-DGEGP/23, N°113-DGEGP/23, N°145-DGEGP/23, N°164-
DGEGP/23 y en función de los aumentos salariales se autorizaron nuevos topes
arancelarios a cobrarse a partir de junio 2023, julio 2023, agosto 2023 y septiembre
2023 respectivamente;
Que atento al incremento salarial docente corresponde analizar el impacto de dicho
aumento en los aranceles oportunamente informados;
Que se ha analizado el impacto de la situación económica respecto de los
establecimientos educativos que perciben aporte gubernamental, así como sobre las
familias y resulta adecuado autorizar una actualización del valor de los aranceles y
contribuciones a cobrarse a partir del mes de octubre 2023;
Que en consecuencia resulta necesario definir los aranceles para el ciclo lectivo 2023
a ser percibidos por los establecimientos educativos de gestión privada a partir del 1°
de Octubre de 2023;
Que, asimismo, de modificarse las condiciones tenidas en cuenta, ya sea por los
porcentajes de inflación o de aumento docente resultante de la paritaria,
corresponderá la revisión de los topes arancelarios previstos en la presente, conforme
lo establece la normativa;
Que, los establecimientos educativos deben presentar ante esta dependencia, la
declaración jurada de aranceles correspondiente, incluyendo copia de la comunicación
enviada a los padres;
Que el presente acto administrativo se realiza en orden a las facultades otorgadas a
esta Dirección General por el Decreto N° 463-AJG/19 y sus modificatorios.
Por ello, en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE EDUCACION DE GESTION PRIVADA
DISPONE:
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6718 - 29/09/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR