Disposición - Simple N° 182 - DGIUR/2024, 30/01/2024

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
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DISPOSICIÓN N182/DGIUR/24
Buenos Aires, 15 de enero de 2024
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, y el EX-
2023-38157413-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de ampliación
de Usos en el inmueble sito en la calle Monroe N° 1655/99, Arribeños Nº 2511/77/79,
Franklin D. Roosevelt Nº 1646/70 y Montañeses Nº 2600 1°SS-2°SS-P.B., E.P.- pisos
1° al 5°, (Sección 027, Manzana 079, Parcela 001C);
Que mediante la Ley N° 6099 y sus modificatorias, se aprobó el Código Urbanístico de
la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que obra agregado a estos actuados el Anexo de Autorización de Usos del Suelo
como IF N° 03209299/DGIUR/24, remitido por la Gerencia Operativa de Usos del
Suelo, y en virtud de su análisis técnico, se considera factible la localización de Usos
solicitada;
Que por todo lo expuesto, corresponde el dictar el acto administrativo que autorice los
Usos del Suelo solicitados conforme el Anexo de Autorización de Usos del Suelo.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE:
Artículo 1º.- Autorizase la ampliación de Usos del Suelo conforme los términos
enunciados en el Anexo de Autorización de Usos del Suelo que como Anexo I (IF N°
03209299/DGIUR/24) forma parte integrante de la presente Disposición.
Artículo 2º.- La presente Disposición y su correspondiente Anexo de Autorización de
Usos del Suelo, tendrá una vigencia de ciento ochenta (180) días hábiles
administrativos, contados a partir del día hábil siguiente a su notificación. Dentro de
este plazo el peticionante deberá presentar la documentación pertinente ante el o los
organismos correspondientes.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6803 - 30/01/2024

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