Disposición - Simple N° 1752 - DGDYPC/2022, 21/09/2022

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 1752/DGDYPC/22
Buenos Aires, 14 de marzo de 2022
VISTO: El Expediente Electrónico N° 32877067-GCABA-DGDPYC-2021, y
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo a las facultades conferidas por el artículo 17 y siguientes de la Ley N°
941, se iniciaron los presentes actuados ante la denuncia de MARIA DEL CARMEN
GOLA, DNI 4.281.990, contra ADELA GELSUMINA SOMMA, CUIT 27-01327589-6,
por presunta infracción a la Ley Ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 26 de noviembre
de 2021 se promueve la instancia conciliatoria, la que concluye en dicha oportunidad
sin que las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2022-03968417-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Adela Gelsumina Somma se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 1638;
Que por providencia PV-2022-05136911-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción a los artículos, 9 incisos b), f) y j) y 12 de la Ley 941;
Que dada la situación de emergencia sanitaria dispuesta en el ámbito de esta Ciudad,
la misma fue notificada mediante correo electrónico dirigido a la casilla constituida por
la sumariada ante el precitado Registro Público, con fecha 27/01/2022;
Que notificada la imputación, la imputada presenta descargo y acompaña prueba
documental;
Que no quedando diligencias pendientes, pasan los autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 9 incisos b), f) y j) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 9º -
Obligaciones del Administrador - En el ejercicio de sus funciones deben: ... Inciso b)
Atender a la conservación de las partes comunes y realizar las diligencias pertinentes
para el cumplimiento de la normativa vigente resguardando el mantenimiento edilicio e
infraestructura, instalaciones, sistema de protección contra incendio, higiene y
seguridad y control de plagas. Asimismo, proveer el cuidado del agua potable
conforme al ordenamiento vigente... Inciso f) Conservar la documentación del
consorcio y garantizar el libre acceso de los consorcistas a la misma... Inciso j)
Convocar a las Asambleas Ordinarias o Extraordinarias conforme a los reglamentos de
copropiedad, bajo pena de nulidad, especificando lugar, día, temario y horario de
comienzo y finalización. En la misma se adjuntará copia del acta de la última asamblea
realizada...”;
Que la precitada imputación al inciso b) tuvo lugar, toda vez que la sumariada no
atendería a la adecuada conservación e higiene de las cañerías del consorcio, lo que
habría ocasionado malos olores, inundaciones y daños en muebles de la cocina de la
Unidad Funcional de la denunciante. Lo expuesto surgiría de los correos electrónicos
que se le remitieran en fechas 29/01/2020, 21/10/2020, 22/04/2021 y 16/05/2021;
Que en su presentación defensiva, la imputada refiere que por Asamblea de fecha
07/11/2019 se resolvió contratar los servicios de RA Constructora SRL para efectuar
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6465 - 21/09/2022

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