Disposición - Simple N° 17 - DGDGAS/2023, 12/05/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 17/DGDGAS/23
Buenos Aires, 2 de mayo de 2023
VISTO: La Ley N° 6.292, las Ordenanzas Nros. 33.313 y 43.273 (textos consolidados
por Ley N° 6.347), los Decretos Nros. 3.142/89, 463-GCABA/19 337-GCABA/21 y sus
modificatorios, las Disposiciones N° 745-DGFYME/16, 23-GCABA-DGDGAS/19 su
modificatoria 43-GCABA-DGDGAS/19 y 39-GCABA-DGDGAS/21 el Expediente
Electrónico N° EX-2022-21993182-GCABA-DGDGAS, y
CONSIDERANDO:
Que por la Ley N° 6.292, se sancionó la Ley de Ministerios del Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, contemplándose entre otros, al Ministerio de Desarrollo
Económico y Producción;
Que mediante Decreto Nº 463-GCABA/19 y sus modificatorios, se aprobó la estructura
orgánica funcional del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, estableciendo bajo la órbita del Ministerio de Desarrollo Económico y
Producción a la Dirección General Desarrollo Gastronómico dependiente de la
Subsecretaría de Políticas Gastronómicas;
Que mediante Decreto N° 337-GCABA/21 y su modificatorio se estableció que se
encuentra dentro del ámbito de esta Dirección General, la Gerencia Operativa de
Mercados y Patios Gastronómicos la que posee entre sus responsabilidades primarias
las de “... planificar y administrar la organización de Mercados Gastronómicos y los
Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72, sito en la Avda. Córdoba 1750, y
N° 128, sito en la calle Juramento 2527, y el Mercado Gastronómico; Marcelo T. de
Alvear, sito en la calle Bonpland 1660 (...) planificar y elaborar un plan de uso del
espacio referido a dichos mercados (...) participar en la organización de mercados bajo
su competencia, y/o reubicados por razones de interés general...”;
Que la regulación de los permisos de uso precario en los Centros de Abastecimiento
Municipal se encuentra en las Ordenanzas Nros. 33.313, 43.273 y su Decreto
Reglamentario N° 3.142/89;
Que mediante Disposición N° 23-GCABA-DGDGAS/19 y su modificatoria N° 43-
GCABA-DGDGAS/19, se aprobó el Reglamento de los Centros de Abastecimiento
Municipal (CAM) N°72 Mercado de San Nicolás y 128 Mercado de Belgrano y Mercado
Gastronómico “Marcelo T. De Alvear”;
Que en ese marco, mediante Disposición N° 39-GCABA-DGDGAS/21, esta Dirección
General aprobó el Procedimiento Administrativo para el otorgamiento, renovación y/o
cambio de rubro, caducidad y renuncia de permisos de uso precario de los puestos
ubicados en los Centros de Abastecimiento Municipal (CAM) N° 72 “Mercado de San
Nicolás”, No 128 “Mercado de Belgrano” y el Mercado Gastronómico “Marcelo T. de
Alvear”, a los fines de proveer a la optimización de recursos, eficacia y eficiencia en
dichos trámites mediante la implementación de los medios digitales con la utilización
del TAD (Trámites a Distancia);
Que sobre el caso que motiva la presente es dable señalar que, mediante Disposición
N° 745-DGFYME/16 se otorgó el permiso de uso precario a nombre de la
COOPERATIVA DE TRABAJO PROYECTO COLSOL LTDA. CUIT 30-71253889-5,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6620 - 12/05/2023

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