Disposición - Simple N° 1652 - DGDYPC/2023, 17/04/2023

Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
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DISPOSICIÓN N.º 1652/DGDYPC/23
Buenos Aires, 10 de marzo de 2023
VISTO: El Expediente Electrónico N° 33786222-GCABA-DGDYPC-2019, y
CONSIDERANDO:
Que se inicia el presente expediente de conformidad con las facultades conferidas por
el artículo 17 de la Ley 941, ante la denuncia de la Sra. Verónica Liliana Calvo, DNI N°
26.312.079, contra Karina Andrea Muscio, CUIT N° 23-20988114-4, por presunta
infracción a la ley ritual;
Que corrido traslado de las actuaciones a la denunciada, con fecha 20/11/2019 se
promueve el procedimiento conciliatorio, el que concluye en dicha oportunidad sin que
las partes arribasen a una amigable composición;
Que por informe IF-2021-10841106-GCABA-DGDYPC, el Registro Público de
Administradores de Consorcios de Propiedad Horizontal puso en conocimiento que
Karina Andrea Muscio se encuentra inscripta bajo la matrícula N° 4994;
Que por providencia PV-2021-18899994-GCABA-DGDYPC, se le formula imputación
por presunta infracción al artículo 9 incisos c), h) y k) de la Ley 941;
Que notificada la imputación de manera electrónica con fecha 25/06/2021 y mediante
cédula Nº 3161-DGDyPC-21 diligenciada con fecha 26/10/2021, la sumariado no
presentó descargo;
Que no quedando diligencias pendientes, se ordenó el pase de autos a resolver;
Que en este estado, corresponde emitir acto administrativo definitivo;
Que del análisis de los hechos, surge que se le imputó a la administradora la presunta
infracción al artículo 9 incisos c), h) y k) de la Ley 941, cuyo texto reza: “Artículo 9º.-
Obligaciones del Administrador. En el ejercicio de sus funciones deben: (...) c.
Asegurar al edificio contra incendio y accidentes, al personal dependiente del
Consorcio y terceros. (...) h. Depositar los fondos del consorcio en una cuenta bancaria
a nombre del Consorcio de Propietarios. Para los consorcios que soliciten la apertura
de la cuenta en el Banco Ciudad de Buenos Aires, éste garantiza como opción la
gratuidad de dicha cuenta, la cual incluye el trámite de alta, mantenimiento mensual,
emisión de chequeras, transferencias bancarias y/o cualquier otro cargo que
corresponda a la ciudad. (...) k. En caso de renuncia, cese o remoción, el
Administrador debe poner a disposición del consorcio dentro de los quince (15) días
hábiles, los libros y toda documentación relativa a su administración y al consorcio,
incluyendo la acreditación del pago de los aportes y contribuciones del encargado y/o
dependiente, en caso de que los hubiere, no pudiendo ejercer la retención de los
mismos. La reglamentación determina la forma y los plazos en que debe hacer entrega
de las claves correspondientes para poder acceder a la plataforma web de la
Aplicación Oficial para uso del consorcio. (...)”;
Que la precitada imputación al inciso c) tuvo lugar, a partir del contenido de la
denuncia radicada y del “aviso de caducidad de cobertura” emitido con fecha
30/06/2019 por la empresa Berkley International Seguros S.A., debido a la deuda que
se habría generado respecto del pago de la póliza contratada;
Que en lo atinente a la presunta infracción al inciso h), la misma se sustentó a partir
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6601 - 17/04/2023

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