Disposición - Simple N° 1542 - DGIUR/2023, 18/08/2023

Firmantes0000
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“1983-2023. 40 Años de Democracia”
………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………………… ………………………………………………………
DISPOSICIÓN N.º 1542/DGIUR/23
Buenos Aires, 8 de agosto de 2023
VISTO: La Ley Nº 6099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2022-20404680-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
los usos “6.1.16 Salón de Estética” en el inmueble sito en la calle Av. Regimiento
Patricios N° 1052 PB Local 7, (Sección 010, Manzana 062, Parcela 000);
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
25035976/DGIUR/2023 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del uso solicitado en el
Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá cumplir con la normativa
vigente que resulte de aplicación y que no haya sido expresamente contemplada en la
presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Media Mixtura de Usos del Suelo B (3)
y Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo (4) y se encuentra sujeto a catalogación
especial con nivel de protección Cautelar de acuerdo a lo establecido en el Código
Urbanístico de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que respecto el uso solicitado “6.1.16 Salón de Estética”, el mismo se encuentra
expresamente consignado en el cuadro de usos del suelo N°3,3 vigente en el rubro
“6.1.16” en la descripción “Salón de Estética” de la Categoría “6. Servicios” y resulta
afectado a la referencia “SI”, es decir “Permitido” en el Área de Mixtura de Usos del
Suelo 3 y 4;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder a la localización del Uso “6.1.16 Salón de
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6687 - 18/08/2023

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR