Disposicion 277/2007 - Sgrh - Afip

Fecha de disposición15 Agosto 2007
Fecha de publicación15 Agosto 2007
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta31218

Que en tal marco se presentaron las solicitudes por los productores de trigo, cuyos Nombres o Razón Social, Expediente, Clave Unica de Identificación Tributaria (C.U.I.T.) y Clave Bancaria Uniforme (C.B.U.) se detallan en el Anexo que forma parte de la presente resolución.

Que las solicitudes presentadas que se detallan en el mencionado Anexo, fueron liquidadas de conformidad con lo establecido en la citada Resolución Nº 378/07 y su modificatoria Nº 674/07.

Que el Area de Compensaciones de la citada Oficina Nacional evaluó las presentaciones efectuadas de acuerdo a la normativa vigente, conforme surge de los informes técnicos obrantes a fojas 1, 4, 8, 12, 16, 20, 23, 26, 30, 33, 36, 40, 44, 48, 52, 56, 60, 64, 67, 70, 74, 78, 82, 85, 88, 92, 95, 98, 101, 104, 107, 110, 114, 118, 122, 126, 130, 134, 138, 142, 145, 148, 152, 156, 160, 164, 168, 172, 176, 179, 181, 184, 188, 192, 196, 200, 204, 208, 212 y 216.

Que asimismo, la Coordinación del Area de Compensaciones de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIAL AGROPECUARIO intervino favorablemente a fojas 1, 3, 7, 11, 15, 19, 23, 25, 29, 33, 35, 39, 43, 47, 51, 55, 59, 63, 67, 69, 73, 77, 81, 85, 87, 91, 95, 97, 101, 103, 107, 109, 113, 117, 121, 125, 129, 133, 137, 141, 145, 147, 151, 155, 159, 163, 167, 171, 175, 179, 181, 183, 187, 191, 195, 199, 203, 207, 211 y 215 respectivamente.

Que la Coordinación Jurídica de la OFICINA NACIONAL DE CONTROL COMERCIALAGROPECUARIO no ha presentado objeciones a la continuación del trámite.

Que por ello resulta procedente aprobar las solicitudes correspondientes a las presentaciones que se detallan a fojas 219, que no han merecido observaciones o que, formuladas, fueron debidamente cumplimentadas.

Que, en consecuencia, corresponde proceder a autorizar el pago de las compensaciones solicitadas conforme los montos verificados en los informes técnicos mencionados y que se encuentran detallados en el Anexo que forma parte integrante de la presente medida.

Que la Dirección de Legales del Area de AGRICULTURA, GANADERIA, PESCA Y ALIMENTOS dependiente de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA Y PRODUCCION, ha tomado la intervención de su competencia.

Que el suscripto es competente para dictar el presente acto administrativo en virtud de las facultades conferidas por el Decreto Nº 1067 de fecha 31 de agosto de 2005 y por la Resolución Nº 9 de fecha 11 de enero de 2007 del MINISTERIO DE ECONOMIA Y...

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