Disposición Nro. 3 - Emisión de Letras de Tesorería de la Provincia de Mendoza Clase Nº II de la Serie I

EmisorTESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA
Fecha de la disposición 2 de Junio de 2021

MENDOZA, 02 DE JUNIO DE 2021.

Visto el expediente Nº EX-2021-00142934- GDEMZA-DGDEPU#MHYF, en el cual tramita la emisión de letras de tesorería en el marco del “Programa de Emisión de Letras de Tesorería 2021 de la Provincia de Mendoza” creadopor Decreto Nº 58/21, la Resolución N° 87 – HYF -21 y la ResoluciónNº 68/21 de la Secretaría de Hacienda dela Nación; y la Comunicación “A” 7284 del Banco Central de la República Argentina; y

CONSIDERANDO:

Que por medio del Artículo 1º del Decreto N° 58/21se creó el “Programa de Emisión de Letras de Tesorería 2021 de la Provincia de Mendoza” definiendo los términos y condiciones generales de emisión, por un monto nominal en circulación de hasta el 2,5% de los ingresos totales previstos en el presupuesto vigente.

Que de acuerdo con las facultades otorgadas por el Artículo 2º del referido Decreto, el Ministro de Hacienda y Finanzas emitió la Resolución Nº 87-HyF-21, por medio de la cual se establecieron los términos y condiciones financieros de la Serie I Clase I y II de Letras,a ser licitada en el marco del Programa de Emisión.

Que por medio de la Resolución N° 68/21 de la Secretaría de Hacienda dela Nación, se autorizó a la Provincia de Mendoza a emitir Letras del Tesoro por hasta la suma de valor nominal Pesos seis mil trescientos noventa y siete millones trescientos sesenta y cuatro mil seiscientos cuarenta y dos (VN $ 6.397.364.642) en el marco del “Programa de Emisión de Letras de Tesorería 2021 de la Provincia de Mendoza”, con destino a cubrir desequilibrios financieros de corto plazo, estableciendo las condiciones financieras de la emisión.

Que el día 01 de junio de 2021 se formalizó el proceso licitatorio, recibiendo las ofertas de suscripción de la Serie I Clase I y II de Letras de Tesorería, por intermedio de la rueda licitatoria específica del Mercado Abierto Electrónico S.A. (MAE) a través de su sistema de transacciones electrónicas denominado SIOPEL.

Que para la Provincia resulta conveniente realizar la emisión de la Clase Nº II de la Serie I de Letras de Tesorería, adjudicando el monto máximo autorizado para el Programa de Letras de Tesorería 2021.

Que el monto a emitir correspondiente a la Clase Nº II de la Serie I de Letras de Tesorería se encuentra dentro de los límites previstos por el Art. 55 de la Ley N° 8706, por el Decreto N° 58/21 y por la Resolución Nº 68/2021 de la Secretaría de Hacienda de la Nación.

Que por medio del Artículo 2 punto 5) del Decreto Nº 58/21 se delegó en el señor Ministro de Hacienda y Finanzas, la facultad de instruir a la Tesorería General de la Provincia, para que, una vez finalizado el proceso de suscripción de las Letras de Tesorería, proceda a su emisión de conformidad con lo establecido por el Art. 58 inciso g) de la Ley...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR