Disposición Normativa Serie 'b' Nº 9/03 de 25 de Febrero de 2003

La Plata, 25 de febrero de 2003.

POR 1 DIA - VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante el Art. 1º de la Ley 12.914 se autoriza al Poder Ejecutivo para disponer, por intermedio del Organismo de Aplicación que considere competente, con alcance general, sectorial o para determinado grupo o categoría de contribuyentes, por el plazo que considere conveniente, regímenes de regularización de deudas fiscales correspondientes a tributos, intereses, multas y accesorios de los contribuyentes.

Que por el Decreto 1.900/2002, reglamentario de la Ley 12.914, se establece que el organismo de aplicación autorizado para disponer los regímenes de regularización de deudas fiscales a los que se hace referencia en la mencionada Ley, será la Dirección Provincial de Rentas, dependiente del Ministerio de Economía.

Que en virtud de la autorización conferida a esta Autoridad de Aplicación, se dictaron las Disposiciones Normativas Serie "B" 57/02 y 64/02 reglamentarias de sendos regímenes de regularización, correspondientes a los Impuestos sobre los Ingresos Brutos e Inmobiliario y a los Automotores, respectivamente.

Que en esta oportunidad resulta conveniente introducir ciertas modificaciones a dichos regímenes con la finalidad de propender a una efectiva recaudación de las obligaciones adeudadas.

Por ello,

el Subsecretario de Ingresos Publicos

en uso de las atribuciones inherentes al cargo de

Director Provincial de Rentas,

de conformidad al Decreto 1.170/02.

DISPONE:

Art. 1º

Sustituir el Art. 1º de la Disposición Normativa Serie "B" 57/02 por el siguiente:

"Art. 1º - Establecer un régimen de facilidades de pago que se extenderá desde el 14 de octubre de 2002 hasta el 30 de setiembre de 2003, para la regularización de las obligaciones fiscales correspondientes al Impuesto sobre los Ingresos Brutos, vencidas al 31 de diciembre de 2002 y sus correspondientes intereses y multas, con el alcance indicado en los artículos siguientes".

Art. 2º

Sustituir el Art. 1º de la Disposición Normativa Serie "B" 64/02 por el siguiente:

"Art. 1º - Establecer un régimen de facilidades de pago que se extenderá desde el 30 de octubre de 2002 hasta el 31 de marzo de 2003, para la regularización de las obligaciones fiscales correspondientes a los Impuestos Inmobiliario y a los Automotores, vencidas al 31 de diciembre de 2002 y sus correspondientes intereses y multas, con el alcance indicado en los artículos siguientes".

Art. 3º

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