Disposición Normativa Serie 'b' Nº 72/2007 de 02 de Noviembre de 2007

La Plata, 02 de noviembre de 2007.

VISTO Y CONSIDERANDO: Que mediante el dictado de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 63/07, se reconocieron condiciones especiales y beneficios adicionales para la regularización de la deuda de los contribuyentes de los Impuestos sobre los Ingresos Brutos y de Sellos sometidos a proceso de fiscalización, siempre que accedieran a regularizar su situación fiscal dentro de un plazo determinado, mediante el acogimiento al régimen de regularización previsto en la Disposición Normativa Serie "B" Nº 9/07 y mods.

Que, asimismo, mediante el dictado de las Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 64/07 y 65/07, se reconocieron condiciones especiales y beneficios adicionales para la regularización de la deuda de los contribuyentes, en instancia de cobro prejudicial o judicial, respectivamente, proveniente de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores, sobre los Ingresos Brutos y de Sellos, siempre que accedieran a regularizar su situación fiscal dentro de un plazo determinado, mediante el acogimiento a los regímenes de regularización previstos en las Disposiciones Normativas Serie "B" Nº 13/07 y/o 14/07.

Que con el dictado de la Disposición Normativa Serie "B" Nº 66/07, se estableció un régimen para la regularización de deudas de los contribuyentes de los Impuestos Inmobiliario, a los Automotores y sobre los Ingresos Brutos, vencidas o devengadas entre el 1 de enero y el 30 de septiembre de 2007.

Que en esta oportunidad se estima conveniente extender la vigencia de las Disposiciones Normativas...

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