Disposición Normativa-serie 'b' Nº 083/04 de 06 de Octubre de 2004

La Plata, 6 de Octubre de 2004.-

VISTO Y CONSIDERANDO: Que a partir de la autorización prevista por el artículo 1 de la Ley 12914, mediante la Disposición Normativa Serie "B" Nº 22/03 se reglamentó el régimen de regularización de deudas provenientes del Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación.

Que mediante la Disposición Normativa Serie "B" N° 65/04, se resta-bleció, a partir del 18 de agosto de 2004, la vigencia del régimen mencionado incorporándose modificaciones.

Que en esta oportunidad resulta pertinente establecer la fecha hasta la cual los contribuyentes podrán acogerse a los beneficios de dicho régimen.

Que de conformidad a lo previsto en el artículo 11 del Código Fiscal (t.o. 2004), los Directores Adjuntos reemplazarán al Director Provincial de Rentas en caso de ausencia o impedimento, en todas sus atribuciones y funciones.

Por ello,

el Director Adjunto de Operaciones,

en uso de las atribuciones inherentes al cargo de

DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS,

DISPONE:

Artículo 1º

La vigencia del régimen de regularización de deudas provenientes del Impuesto sobre las Embarcaciones Deportivas o de Recreación previsto en la Disposición Normativa Serie "B" N° 22/03, restablecida a...

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