Disposición Normativa Serie a Nº 35/07 de 31 de Agosto de 2007

La Plata, 31 de agosto de 2007.

VISTO Y CONSIDERANDO: Que el artículo 281 del Código Fiscal TO 2004 (Ley Nº 10.397 y sus modificatorias) prevé la posibilidad de obtener facilidades para el pago del Impuesto de Sellos que grava los contratos de realización de obras de servicios o suministros cuyos plazos de duración sean de treinta (30) o más meses;

Que las cuotas que se acordaran devengarán un interés equivalente al que percibe el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento a treinta (30) días;

Que la subdirección Información y Estadística ha emitido informe de las tasas de interés para los distintos períodos, calculada en función de la tasa aplicada por el Banco de la Provincia de Buenos Aires en dichas operaciones;

Por ello,

El SUBSECRETARIO DE INGRESOS PUBLICOS en uso de las atribuciones inherentes

al cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE RENTAS, de conformidad al Decreto 1170/02

DISPONE:

Artículo 1º

Establecer que la tasa de interés aplicable a las cuotas respectivas correspondientes a los contratos a que se refiere el Artículo 281 del Código Fiscal para el mes de septiembre de 2007 será cero con ochenta y dos por ciento (0.82 %).

Artículo 2º

La presente Disposición Normativa tendrá vigencia para el mes de septiembre de 2007.

Artículo 3º

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