Disposición Nº 546/2011

Fecha de disposición29 Julio 2011
Fecha de publicación19 Octubre 2011
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32258

Bs. As., 29/7/2011

VISTO el Expediente Nº 1.429.573/11 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004), la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que se solicita la homologación de los acuerdos celebrados entre el SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.L.E.A.R.A.) por el sector sindical y la empresa HIPICA BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA, los que lucen a fojas 2/4 y 71/72 del Expediente Nº 1.429.573/11 y han sido debidamente ratificados, respectivamente, a fojas 61 y 73 de las mismas actuaciones.

Que las partes llegan a los acuerdos cuya homologación se pretende en el seno de la Comisión Paritaria de Interpretación y Aplicación del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 345/99 “E”.

Que corresponde señalar que el plexo convencional citado ha sido oportunamente celebrado entre la ASOCIACION DE AGENTES DE LOTERIAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.A.L.A.R.A.) por el sector sindical y la empresa LADBROKE OFF TRACK SOCIEDAD ANONIMA por la parte empleadora.

Que de lo expuesto surgiría prima facie que las partes intervinientes en autos no se encontrarían legitimadas para modificar y/o negociar respecto del mentado plexo convencional atento no ser las celebrantes del mismo.

Que cabe señalar que la ASOCIACION DE AGENTES DE LOTERIAS Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (A.A.L.A.R.A.) pasó a denominarse SINDICATO DE TRABAJADORES DE JUEGOS DE AZAR, ENTRETENIMIENTO, ESPARCIMIENTO, RECREACION Y AFINES DE LA REPUBLICA ARGENTINA (ALEARA); en consecuencia resulta ser la misma entidad sindical que suscribiera el plexo convencional citado.

Que respecto de la parte empleadora y conforme surge de la documentación glosada a fojas 9/60 del Expediente citado en el Visto, la empresa LADBROKE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA como sociedad absorbente celebró acuerdo de fusión con las empresas LADBROKE INVERSORA Y FINANCIERA SOCIEDAD ANONIMA, LADBROKE SIGNAL INVERSORA SOCIEDAD ANONIMA, LADBROKE GAMING ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA, LADBROKE OFF TRACK SOCIEDAD ANONIMA e HIPICA SOCIEDAD ANONIMA como sociedades absorbidas.

Que de lo expuesto surge que la empresa denominada LADBROKE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA resultó continuadora de las citadas en el párrafo precedente entre las que se encontraba LADBROKE OFF TRACK SOCIEDAD ANONIMA que fuera la celebrante del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 345/99 “E”.

Que LADBROKE ARGENTINA SOCIEDAD ANONIMA en el año 2001 cambió su denominación por ROYAL ASCOT SOCIEDAD ANONIMA quien posteriormente pasa a denominarse HIPICA BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA.

Que en consecuencia HIPICA BUENOS AIRES SOCIEDAD ANONIMA resulta continuadora de la empresa LADBROKE OFF TRACK SOCIEDAD ANONIMA celebrante del Convenio Colectivo de Trabajo de Empresa Nº 345/99 “E”.

Que en conclusión las partes individualizadas en el primer párrafo del presente se encuentran conjuntamente legitimadas para alcanzar los acuerdos cuya homologación se pretende.

Que mediante el acuerdo que consta a fojas 71/72 del sub examine se establece adicionar al salario básico de cada categoría las sumas allí consignadas tanto para los trabajadores mensualizados, como para los jornalizados y asimismo se acuerda el pago de una suma no remunerativa, todo ello en los términos y conforme los lineamientos allí establecidos.

Que a través del acuerdo que consta a fojas 2/4 del Expediente citado en el Visto se establece continuar abonando las sumas de naturaleza no remunerativa señaladas, adicionándose a las mismas otro pago fijo, mensual y de naturaleza no remunerativa, de acuerdo con lo allí consignado.

Que por último se establece que dichas sumas pasarán a revestir el carácter de remunerativas a partir del día 1 de julio de 2011.

Que debe tenerse presente que la atribución de carácter no remunerativo a algún concepto que compone el ingreso a percibir por los trabajadores y su aplicación...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR