Disposición Nº 332/2011

Fecha de disposición04 Mayo 2011
Fecha de publicación12 Septiembre 2011
SecciónDisposiciones
Número de Gaceta32232

Bs. As., 4/5/2011

VISTO el Expediente Nº 1.385.707/10 del Registro del MINISTERIO DE TRABAJO, EMPLEO Y SEGURIDAD SOCIAL, la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004) y la Ley Nº 20.744 (t.o. 1976) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que a fojas 51/52 y 63 del Expediente Nº 1.385.707/10 obran respectivamente, el acuerdo y el acta complementaria, celebrados entre la UNION FERROVIARIA y la empresa NUEVO TREN DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por el acuerdo de marras los firmantes establecen, entre otros puntos, la adjudicación de vacantes a trabajadores, la capacitación para el personal determinado en el mismo y el reintegro al personal femenino de guardería infantil, conforme surge de su texto al cual se remite.

Que las partes arriban a tal acuerdo luego de desarrollarse un procedimiento de conciliación obligatoria declarado en el marco de la Ley 14.786, conforme surge de fojas 44/45 y 46 del expediente citado en el Visto.

Que el ámbito de aplicación personal y territorial del presente se corresponde con la actividad de la empresa firmante así como con la representatividad de la asociación sindical signataria, emergente de su personería gremial.

Que las partes ratificaron en todos sus términos el mentado acuerdo y solicitaron su homologación.

Que ha sido acreditada fehacientemente la representación que invisten celebrantes.

Que la Asesoría Legal de esta Dirección Nacional de Relaciones del Trabajo de este Ministerio, tomó la intervención que le compete.

Que asimismo, se acreditan los recaudas formales exigidos por la Ley Nº 14.250 (t.o. 2004).

Que por lo expuesto, corresponde dictar el pertinente acto administrativo de conformidad con los antecedentes mencionados.

Que las facultades de la suscripta para resolver en las presentes actuaciones, surgen de las atribuciones otorgadas por el Decreto Nº 1304/09.

Por ello,

LA DIRECTORA NACIONAL

DE RELACIONES DEL TRABAJO

DISPONE:

ARTICULO 1º

— Declárase homologado el acuerdo celebrado entre la UNION FERROVIARIA y la empresa NUEVO TREN DE LA COSTA SOCIEDAD ANONIMA obrante a fojas 51/52 juntamente con el acta complementaria obrante a foja 63 del Expediente Nº 1.385.707/10, conforme lo dispuesto en la Ley de Negociación Colectiva Nº 14.250 (t.o. 2004).

ARTICULO 2º

— Regístrese la presente Disposición en el Departamento Despacho de la Dirección de...

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