Disposición N° 997/DGCYC/18

EmisorMinisterio de Economía y Finanzas
Fecha de la disposición 4 de Octubre de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 997/DGCYC/18
Buenos Aires, 27 de septiembre de 2018
VISTO:
La Ley N° 2095 (texto consolidado por Ley N° 5666), el Decreto Reglamentario N°
326/17, el Expediente Electrónico Nº 25648045-MGEYA-DGCYC-2018, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley citada en el visto establece los lineamientos básicos que deben observarse
en los procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios del sector
público de la Ciudad;
Que por Expediente Electrónico Nº 8928515-MGEYA-DGCYC-2016 tramitó bajo la
modalidad de "Convenio Marco de Compras" el Proceso Nº 623-0264-LPU16, para la
adquisición de Electrodomésticos para distintas dependencias del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que en el marco del citado proceso resultaron adjudicatarias distintas empresas entre
las que se encuentra la firma MOGHAMES JUAN MANUEL;
Que el Convenio Marco fue firmado el 02 de agosto de 2016 con una vigencia de seis
(6) meses (CONVE-2016-20144371-DGCYC), siendo prorrogado en dos (dos)
oportunidades por el mismo plazo (CONVE-2017-4350679-DGCYC y CONVE-2017-
18597870-DGCYC), vencidas dichas prorrogas se dictó con fecha 15 de febrero la
Resolución N° 512/MHGC/2018, por medio de la cual se dispuso la continuidad de
servicio de la licitación, a partir del 1 de febrero del corriente y hasta el
perfeccionamiento de la LicitaciónPública N° 623-0032-LPU18, generándose en
consecuencia el Convenio Marco N° 623-17-CM18;
Que La Dirección Técnica Administrativa y Legal -APRA-, dependiente del Ministerio
de Ambiente y Espacio Público emitió la Orden de Provisión Nº 8934-12454-OC18 a
favor de la firma antes citada;
Que el Organismo citado en el considerando anterior solicita mediante NOTA N° 2018-
25438487-DGTALAPRA rescindir la Orden de Compra antes citada, debido a que el
convenio (Proceso N° 623-0264-LPU16), finalizó con la entrada en vigencia del nuevo
Convenio N° 623-60-CM18 (Proceso N° 623-0032-LPU18), sin embargo el sistema
BAC por error permitió que se generara y perfeccionara la Orden de Compra por el
proveedor resultando inviable su cumplimiento;
Que el proveedor informó que no podía cumplir con la entrega puesto que la misma
corresponde a un convenio que no se encuentra vigente, dicha manifestación se
adjunta como Informe N° IF-2018-25636556-DGCYC;
Que por todo lo expuesto corresponde rescindir sin aplicación de penalidades la Orden
de Compra citada en el considerando 5.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el Articulo 9° .-Facultades y
obligaciones del órgano contratante- de la Ley Nº 2095 (texto consolidado por Ley Nº
5666),
LA DIRECTORA GENERAL DE COMPRAS Y CONTRATACIONES
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5471 - 04/10/2018

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