Disposición Nº 99/GCABA/DGTALET/16

FirmantesCampos
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General Técnica Administrativa y Legal - Entur
Fecha de la disposición25 de Julio de 2016

VISTO:

La Ley N° 2.095, sus modificatorias, el Decreto N° 95/2014, su modificatorio, las

Resoluciones Nros. 596-MHGC/11 y 1160-MHGC/11, las Disposiciones Nros. 96-

DGTALET/16 y 41-DGDYCOF/16, el Proceso de Compra BAC 9268-0727-CDI16, el

Expediente Electrónico N° 17.938.168-MGEYA-DGTALET-2016 y,

CONSIDERANDO:

Que la Ley N° 2095 y su Decreto Reglamentario N° 95/14 y modificatorio, de compras

contrataciones, establecen las normas básicas que contienen los lineamientos que

debe observar el Sector Público de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, en los

procesos de compras, ventas y contrataciones de bienes y servicios;

Que la Resolución N° 596-MHGC/11 aprobó las políticas, términos y condiciones de

uso del sistema electrónico de adquisiciones y contrataciones - Buenos Aires Compras

(BAC);

Que la Resolución N° 1160-MHGC/11 aprobó las normas de procedimiento de

compras y contrataciones que realiza el Sector Público de la Ciudad Autónoma de

Buenos Aires a través del portal denominado Buenos Aires Compras -BAC, aplicable

al procedimiento cuya aprobación se propone;

Que mediante Nota N° 17.723.603-DGPRT-2016, la Dirección General de Promoción

Turística del Ente de Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires solicitó a esta

Dirección General, que proceda a la contratación de un Servicio de Producción de

Evento en el marco de la "35° Copa del Rey - MAPFRE" a celebrarse entre los días 30

de Julio y 06 de Agosto del 2016 en la ciudad de Palma de Mallorca, Reino de España;

Que mediante Expediente Electrónico N° 17.793.459-MGEYA-DGTALET/16 se ha

autorizado el llamado al proceso de compra BAC N° 9268-1890-CME16, ello conforme

lo establecido en la Disposición N° 96-DGTALET/16, proceso que quedó fracasado y

consecuentemente dejado sin efecto por Disposición N° 41-DGDYCOF/16;

Que teniendo en cuenta lo mencionado ut - supra y en virtud de la proximidad del inicio

del evento en cuestión, corresponde efectuar el procedimiento mediante el régimen de

Contratación Directa por Exclusividad al amparo del Artículo 28 inciso 1 de la Ley N°

2095 y su modificatoria;

Que el monto total estimado para la contratación asciende a la suma de PESOS

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