Disposición Nº 970/GCABA/DGIUR/15
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 30 de Junio de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 13.670.421/2015 por el que se consulta sobre la "Desgravación
Impositiva", del inmueble sito en la calle Humberto 1° N° 670, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión, correspondiente a la Sección 004, Manzana 015, Parcela
009, se encuentra emplazado en el Distrito APH 1 "Zona de Amortiguación" y
Catalogado con Nivel de Protección Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
18054021-DGIUR- 2015, el Área técnica informa que por lo expuesto y de acuerdo a
las eximiciones impositivas previstas en el Artículo 10.2.4. del CPU, corresponde
acceder a lo solicitado, asimilando el porcentaje de desgravación impositiva a lo
previsto en el parágrafo 5.4.12.1: Distrito APH 1 - "Desgravación Tributaria para San
Telmo" inciso 6) Incentivos. De acuerdo a lo normado en la escala de Incentivos, será
del 65%, por ser un edificio de más de 60 años de antigüedad y con Nivel de
Protección Cautelar. Se hace constar que el tributo a desgravar comprende
alumbrado, barrido y limpieza, contribución territorial, pavimentos y aceras;
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
la calle Humberto 1° N° 670, el porcentaje del 65% de desgravación impositiva, por ser
un edificio de más de 60 años de antigüedad y Protegido con Nivel de Protección
Cautelar,
correspondiente trámite ante la Dirección General de Rentas.
del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad deberá ser
consultada a esta...
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