Disposición N° 970/DGIUR/22

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición26 de Mayo de 2022
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2022 - Año del 40° Aniversario de la Guerra de Malvinas.
En homenaje a los veteranos y caídos en la defensa de las Islas Malvinas y el Atlántico Sur”
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DISPOSICIÓN N.º 970/DGIUR/22
Buenos Aires, 8 de mayo de 2022
VISTO: La Ley Nº 6099 y su modificatoria, el Decreto N° 99/GCABA/2019, la
Resolución Nº 63-SSREGIC-20 y el EX-2022-08038313-GCABA-SSGU, y
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley N° 6099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que el Titulo 3 del Código Urbanístico regula las Normas de Uso del Suelo,
estableciendo que los Usos del Suelo se orientan por el principio de Ciudad Diversa
del Plan Urbano Ambiental y que los mismos se clasifican y nomenclan según su
mixtura, en cuatro áreas de Mixturas de Usos;
Que las Mixturas de Usos guardan relación con las densidades y características de
edificabilidad y su intensidad se regula en función de los metros cuadrados y de las
características del entorno;
Que por su parte, en el Cuadro de Usos de Suelo N° 3.3 se consignan las Categorías,
Descripciones y Rubro, así como las restricciones que condicionan los mismos en
cuanto a los requerimientos de estacionamiento, carga y descarga, según corresponda
a las Áreas de Mixtura de Usos del Suelo en que se subdivide la Ciudad;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que por el Expediente mencionado en el Visto se consulta la factibilidad de localizar
“Dos(2) Carteles Con LETRAS CORPOREAS LUMINOSAS y Un(1) Cartel con
LETRAS CORPOREAS”, (superficie publicitaria total de 1.58), en el predio sito en la
calle Marcelo T. De Alvear N° 1571, Sótano, inmueble catalogado con nivel de
protección cautelar;
Que al respecto, obra agregado a estos actuados el Informe N°
15912562/DGIUR/2022 mediante el cual el titular de la Gerencia Operativa de Usos
del Suelo estima oportuno el dictado del acto administrativo que autorice desde el
punto de vista urbanístico y patrimonial, la localización del “Letrero frontal luminoso y
toldo” solicitado en el Expediente de referencia, dejando constancia que se deberá
cumplir con la normativa vigente que resulte de aplicación y que no haya sido
expresamente contemplada en la presente;
Que para arribar a dicha conclusión, se analizó en el aludido informe que el predio en
cuestión se encuentra emplazado en el Área de Alta Mixtura de Usos del Suelo A 4 del
Código Urbanístico;
Que por ello, en virtud de la documentación presentada, lo solicitado por el
peticionante y del análisis realizado por la mencionada Gerencia Operativa de Usos
del Suelo se considera oportuno acceder al visado del esquema de publicidad y toldos
propuestos s/ PLANO-2020- 30906777-GCABA-SSREGIC;
Que por último, resulta oportuno dejar constancia que toda reforma posterior y/o
modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada y/o colocación de publicidad
deberá ser consultada a esta Dirección General de Interpretación Urbanística;
Que por la Resolución Nº 63-SSREGIC-20 se otorgó una prórroga de 180 días
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6384 - 26/05/2022

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