Disposición N° 930/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición27 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 930/DGIUR/18
Buenos Aires, 18 de junio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 10.131.815/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Casa de lunch"; "Café bar"; "Despacho de bebidas, whisqueria,
cervecería, confitería" y "Restaurante, cantina, parrilla" para el inmueble sito en la calle
Chile Nº 594-592-588 Planta Baja y Entrepiso esquina Perú, con una superficie a
habilitar de 262,11 m², y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 4d del Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto Nº
1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de Protección:
Cautelar;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe Nº
15546991-DGIUR-2018, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los
usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el
Distrito;
Que los usos consignados permitidos en el Cuadro de Usos 5.4.12.1.del Código de
Planeamiento Urbano para el Distrito de Zonificación APH 1, Zona 4d: "Alimentación
en general, restaurant, cantina, pizzería, grill, heladería, confitería, etc. con la
referencia "P" (Permitido) y para estacionamiento con la referencia "26" (Salón de
600m o más: 20% de la superficie total construida.) y "Bar, café, whiskería, cervecería,
lácteos" con la referencia "P" (Permitido);
Que la referencia para carga y descarga "26" no es obligatorio cumplirla ya que el
salón tiene una superficie menor de 600m²;
Que no se visa publicidad toda vez que en Nº de Orden 10, la recurrente renuncia a su
colocación. Se deja constancia que en las fotos (Nº de Orden 23 y 24) se observan
equipos de aire acondicionado, deberá reubicarlos en un patio auxiliar o detrás de la
Línea Oficial dado que no cumple con la Normativa vigente;
Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada
y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
DISPONE
Artículo 1º.- Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización
del uso: "Casa de lunch"; "Café bar"; "Despacho de bebidas, whisqueria, cervecería,
confitería" y "Restaurante, cantina, parrilla" para el inmueble sito en la calle Chile Nº
594-592-588 Planta Baja y Entrepiso esquina Perú, con una superficie a habilitar de
262,11 m², (Doscientos sesenta y dos metros cuadrados con once decímetros
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5402 - 27/06/2018

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