Disposición Nº 9/GCABA/HGAP/16
Firmantes | Dalpiaz - Desiderio |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Hospital General de Agudos Jose Maria Penna |
Fecha de la disposición | 22 de Enero de 2016 |
VISTO:
El E.E. N° 2014-13941919-HGAP, la Contratación Menor N° 425-0212-CME14 y la
Orden de Compra N° 425-3582-OC14 a favor de CENTRO DE MEZCLAS
INTRAVENOSAS S.A., y
CONSIDERANDO:
Que la mencionada Orden de Compra fue emitida como consecuencia de la
aprobación de la Contratación Menor N° 425-0212-CME14, por Disposición N° DISFC-
2014-252-HGAP del día 05/11/2014;
Que a través de dicho acto administrativo se adquirieron a la firma CENTRO DE
MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A. nutrición parenteral por la suma de Pesos: ciento
cincuenta y cinco mil setenta con 00/100 ($155.070,00);
Que mediante los Partes de Recepción Definitiva N° 691773/HGAP/2014, N°
707738/HGAP/2014, N°
719712/HGAP/2014, N° 519561/HGAP/2015, N°
550860/HGAP/2015, N° 623206/HGAP/2015, N°
637359/HGAP/2015, N°
699064/HGAP/2015, N° 713668/HGAP/2015, N° 839428/HGAP/2015 y N°
923078/HGAP/2015 se conformaron los insumos entregados por la firma adjudicataria,
correspondiente a los Renglones N° 1 y 2 (parcial) por un monto que asciende a la
suma de Pesos ciento cincuenta y cuatro mil setecientos diez con 00/100
($154.710,00);
Que con fecha 21 de Enero del corriente la Jefa del Servicio Farmacia, Farm. Gabriela
Crisci, presenta nota dónde manifiesta: "(...) dado que el servicio de Neonatología del
Hospital no ha solicitado en forma continua `INDOMETACINA 1MG JERINGA
PRELLENADA X 1 ML', solicito tenga a bien anular el saldo de 3 unidades del renglón
2 de la O.C N° 425-3582-OC14, de la firma `Centro de Mezclas Intravenosas S.A' (...)"
Que para dar por cumplido resta dar de baja aún del Renglón N° 2 (indometacina de 1
mg., en jeringa prellenada de 1 ml.) la cantidad de 3 (tres) unidades;
Que según el inc. J) del art. 13 de la Ley 2.095 el acto administrativo de recisión debe
ser Dispuesto por la misma autoridad que aprobó y adjudicó el procedimiento;
Que por cuestiones de carácter operativo y administrativo de esta U.O.A. es menester
proceder a la rescisión del contrato amparado por la antedicha Orden de Compra;
Que el Sr. Director: "Dr. Gustavo San Martin" se encuentra en uso de Licencia, por lo
que la dirección está a cargo de la Subdirectora: Dra. Cristina Desiderio.
Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de
Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557),
promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA 2557) y su Decreto Reglamentario
N° 95-GCABA-14;
LA GERENTE OPERATIVA
DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA
Y LA SUB...
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