Disposición Nº 9/GCABA/HGAP/16

FirmantesDalpiaz - Desiderio
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorHospital General de Agudos Jose Maria Penna
Fecha de la disposición22 de Enero de 2016

VISTO:

El E.E. N° 2014-13941919-HGAP, la Contratación Menor N° 425-0212-CME14 y la

Orden de Compra N° 425-3582-OC14 a favor de CENTRO DE MEZCLAS

INTRAVENOSAS S.A., y

CONSIDERANDO:

Que la mencionada Orden de Compra fue emitida como consecuencia de la

aprobación de la Contratación Menor N° 425-0212-CME14, por Disposición N° DISFC-

2014-252-HGAP del día 05/11/2014;

Que a través de dicho acto administrativo se adquirieron a la firma CENTRO DE

MEZCLAS INTRAVENOSAS S.A. nutrición parenteral por la suma de Pesos: ciento

cincuenta y cinco mil setenta con 00/100 ($155.070,00);

Que mediante los Partes de Recepción Definitiva N° 691773/HGAP/2014, N°

707738/HGAP/2014, N°

719712/HGAP/2014, N° 519561/HGAP/2015, N°

550860/HGAP/2015, N° 623206/HGAP/2015, N°

637359/HGAP/2015, N°

699064/HGAP/2015, N° 713668/HGAP/2015, N° 839428/HGAP/2015 y N°

923078/HGAP/2015 se conformaron los insumos entregados por la firma adjudicataria,

correspondiente a los Renglones N° 1 y 2 (parcial) por un monto que asciende a la

suma de Pesos ciento cincuenta y cuatro mil setecientos diez con 00/100

($154.710,00);

Que con fecha 21 de Enero del corriente la Jefa del Servicio Farmacia, Farm. Gabriela

Crisci, presenta nota dónde manifiesta: "(...) dado que el servicio de Neonatología del

Hospital no ha solicitado en forma continua `INDOMETACINA 1MG JERINGA

PRELLENADA X 1 ML', solicito tenga a bien anular el saldo de 3 unidades del renglón

2 de la O.C N° 425-3582-OC14, de la firma `Centro de Mezclas Intravenosas S.A' (...)"

Que para dar por cumplido resta dar de baja aún del Renglón N° 2 (indometacina de 1

mg., en jeringa prellenada de 1 ml.) la cantidad de 3 (tres) unidades;

Que según el inc. J) del art. 13 de la Ley 2.095 el acto administrativo de recisión debe

ser Dispuesto por la misma autoridad que aprobó y adjudicó el procedimiento;

Que por cuestiones de carácter operativo y administrativo de esta U.O.A. es menester

proceder a la rescisión del contrato amparado por la antedicha Orden de Compra;

Que el Sr. Director: "Dr. Gustavo San Martin" se encuentra en uso de Licencia, por lo

que la dirección está a cargo de la Subdirectora: Dra. Cristina Desiderio.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 9° de la Ley 2095 de

Compras y Contrataciones de la Ciudad de Autónoma Buenos Aires (BOCBA 2557),

promulgada por Decreto 1772-GCBA-2006 (BOCBA 2557) y su Decreto Reglamentario

N° 95-GCABA-14;

LA GERENTE OPERATIVA

DE GESTION ADMINISTRATIVA ECONOMICA Y FINANCIERA

Y LA SUB...

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