Disposición Nº 883/GCABA/DGIUR/16
Firmantes | BugarÃn |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 1 de Julio de 2016 |
VISTO:
El Expediente N° 14.059.057/2016 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar el uso: "Comercio minorista de Antigüedades, Objetos de arte"; "De Bazar,
Platería, Cristalería, Artefactos de iluminación y del Hogar"; "De Textiles, pieles,
cueros, artículos personales, del hogar y afines - Regalos"; "De Mercería, botonería,
bonetería, fantasías"; "De Papelería, librería, cartonería, impresos, cotillón, filatelia,
venta de discos y grabaciones, juguetes - Artículos de plástico y de embalaje
Artículos publicitarios (dos máquinas fotocopiadoras como actividad complementaria)",
para el inmueble sito en la calle Defensa N° 1131 Planta Baja - 1° piso, con una
superficie a habilitar de 153,12 m2, y
CONSIDERANDO:
Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 2b del Distrito APH 1 de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado Decreto N°
1.181-GCBA-2007;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°
16244091-DGIUR-2016, considera que desde el punto de vista urbanístico y del
Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización del uso
solicitado toda vez que los mismos se encuentran expresamente consignados en el
Cuadro de Usos 5.4.12.1 del Código de Planeamiento Urbano y resultan Permitidos en
el Distrito de Zonificación APH1, Zona 2b;
Que los usos consignados Permitidos son: "Comercio minorista de Antigüedades,
Objetos de arte"; Permitido; "De Bazar, Platería, Cristalería, Artefactos de iluminación
y del Hogar" Permitido hasta 100 m2 y para carga y descarga "IIIa; "De Textiles, pieles,
cueros, artículos personales, del hogar y afines - Regalos."; Permitido hasta 100 m2;
"De Mercería, botonería, bonetería, fantasías." Permitido hasta 100 m2; "De Papelería,
librería, cartonería, impresos, cotillón, filatelia, venta de discos y grabaciones, juguetes
- Artículos de plástico y de embalaje - Artículos publicitarios (dos máquinas
fotocopiadoras como actividad complementaria)." Permitido hasta 100 m2; debiendo
cumplir con las normas de tejido;
Que la referencia para carga y descarga "IIIa" no es obligatorio...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba