Disposición N° 878/DGIUR/18

EmisorMinisterio de Desarrollo Urbano y Transporte
Fecha de la disposición18 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos A ires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 878/DGIUR/18
Buenos Aires, 11 de junio de 2018
VISTO:
El Expediente Nº 7.370.227/2018 por el que se consulta sobre la factibilidad de
localizar los usos: "Café - Bar; Despacho de Bebidas, Whiskería, Cervecería" para el
inmueble sito en la calle Murillo Nº 605 - P. Baja, con una superficie a habilitar 60m², y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión se halla emplazado en un Distrito R2aII, de Zonificación
General del Código de Planeamiento Urbano (Ley 449);
Que el Área Técnica competente de la Dirección General Interpretación Urbanística, a
través del Informe 10450617-DGIUR-2018, hace saber que de acuerdo al Cuadro de
Usos Nº 5.2.1, los usos "Café - Bar (602020)", "Despacho de Bebidas, Whiskería,
Cervecería (602030)" se encuentran comprendidos en el Agrupamiento: "Servicios
Terciarios", en la Clase "A", en la Descripción: "Servicios para la Vivienda y sus
Ocupantes", en el rubro: "Bar, café, whiskería, cervecería, lácteos, heladería, etc. Ley
Nº 123: S.R.E. La actividad complementaria de música y canto, sólo podrá autorizarse
en los distritos R2bIII, C1, C2, C3, E2 y E3. Ley Nº 123: s/C, con Referencia "C";
Que se ha agregado la siguiente documentación: por RE-2018-07721384-SSREGIC,
"Nota", por la cual el recurrente manifiesta que por error consignó una superficie a
habilitar equivocada siendo la que corresponde, 60,00m2; por RE-2018-07721359-
SSREGIC, "Declaración Jurada", Anverso, por RE-2018-07721379-SSREGIC
"Declaración Jurada", Reverso; por RE-2018-07370219-SSREGIC "Reglamento de
Copropiedad", el cual en su sección "Sectores de Propiedad Exclusiva" especifica que
"...El edificio conforme al plano citado tiene seis unidades funcionales en Planta
Baja...Constitución, Modificación y Responsabilidad: El destino de las unidades
funcionales será de locales de comercio..."; Por RE-2018-07370217-SSREGIC, "Plano
del local", por RE-2018-07370221-SSREGIC, "Consulta Catastral"; Por IFMUL-2017-
07370220-SSREGIC, "Relevamiento fotográfico", por RE-2018-07370213-SSREGIC,
"Documento del usuario y Constancia de Inscripción en Ingresos Brutos"; por DOCPE-
2018-07370215-SSREGIC, "Constancia de Inscripción en CUIT", por INLEG-2018-
07370216-SSREGIC, "Contrato de Locación Comercial", cuya Cláusula Segunda
"Destino de la Locación" establece que "...EL LOCATARIO destinará el inmueble para
bar, Snack bar...";
Que, teniendo en cuenta que los usos: "Café-Bar" y "Despacho de Bebidas, Whiskería,
Cervecería, se encuentran afectados a la Referencia "C", se informa que:
a. Del relevamiento efectuado in situ surge que el local se encuentra en un predio de
esquina (Murillo Nº 603/05/07/09/11 esq. Malabia Nº 106), en la manzana
comprendida por la calle Murillo, Malabia, Padilla y Acevedo.
b. Se trata de una zona residencial de media y alta densidad, con locales comerciales
y servicios.
c. El lindero izquierdo (Murillo Nº 619/23 - parcela 10): Vivienda Multifamiliar, P. Baja,
1º Piso, 2º Piso y Azotea. Edificio subdividido en Propiedad Horizontal. Locales
comerciales en P. Baja.
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5396 - 18/06/2018

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