Disposición Nº 87/GCABA/DGTALAPRA/17
Firmantes | Etcheverrigaray |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL TÉCNICA ADMINISTRATIVA Y LEGAL - APRA |
VISTO:
El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/97 (texto consolidado por Ley N°
5.666), la Resolución N° 205/APRA/17, la Disposición N° 86/DGTALAPRA/17, el
Expediente N° 2017-11004729-MGEYA-DGTALAPRA, y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 86/DGTALAPRA/17, se llamó a Contratación Directa N° 8933-
0597-CDI17, por un monto que asciende a la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL
CON 00/100 ($600.000,00), para la contratación de un servicio de mantenimiento y
reparación para el centro veterinario sito en el barrio Soldati, que fuera solicitado por la
Unidad de Coordinación de Sanidad y Tenencia Responsable de Mascotas de esta
Agencia de Protección Ambiental, estableciendo como fecha límite para la
presentación de ofertas el día 5 de Junio de 2017 a las 12:00 horas, conforme lo
dispuesto en el inciso 6) del artículo 28 de la Ley N° 2.095 (texto consolidado por Ley
N° 5.666);
Que se deslizó un error material involuntario en el Artículo 2° de la mencionada
Disposición, indicando erróneamente el monto por el cual se llevaría a cabo el
presente procedimiento de contratación;
Que en este sentido de acuerdo a la Solicitud de Gasto que luce como DOCFI-2017-
11794240-DGTALAPRA, corresponde rectificar la Disposición N°86/DGTALAPRA/17 y
establecer como monto la suma de PESOS SEISCIENTOS MIL CON 00/100 ($
600.000,00), para la contratación de un servicio de mantenimiento y reparación para el
centro veterinario sito en el barrio Soldati;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires, Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1510/GCABA/97
(texto consolidado por Ley N° 5.666), establece que "En cualquier momento podrán
rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre
que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión";
Que en este sentido corresponde modificar el artículo 2° de Disposición N°
86/DGTALAPRA/17;
Que la Gerencia Operativa Legales ha tomado debida intervención.
Por ello, en ejercicio de la facultades conferidas por la Resolución N° 205/APRA/17,
EL DIRECTOR GENERAL TÉCNICO ADMINISTRATIVO Y LEGAL
DE LA AGENCIA DE PROTECCIÓN AMBIENTAL
DISPONE
quedará redactado de la siguiente manera...
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