Disposición Nº 842/GCABA/DGIUR/17

FirmantesBugarín
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

"2017 Año e las Energías Renovables"

VISTO:

El Expediente N° 7.708.888/2017 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Comercio minorista; de calzados en general, artículos de cuero,

talabartería, marroquinería" para el inmueble sito en la Av. Callao N° 180 Planta Baja -

U.F N°1. (local 1), con una superficie a habilitar de 39,97 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 del Distrito APH 50 "Av. Callao" de

Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007. Los usos correspondientes a la zona 1, son los

asignados para el Distrito de Zonificación C2 del Cuadro de usos 5.2.1 del Código de

Planeamiento Urbano;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

11286016-DGIUR-2017, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que los usos consignados permitidos en el Cuadro de Usos 5.2.1.a) del Código de

Planeamiento Urbano para el Distrito C2: "Comercio Minorista: Textiles, pieles, cueros,

artículos personales, del hogar y afines. Regalos;

Que no se visa Publicidad, toda vez que en la Presentación Ciudadana, obrante a N°

15 de orden, se declara "...Por la presente solicito la renuncia a la publicidad del local

en referencia ya que creemos que no va a ser necesario para el mismo.";

Que por lo expuesto, el Área Técnica considera que los usos solicitados "Comercio

minorista de calzados en general, artículos de cuero, talabartería, marroquinería", no

originan impactos relevantes en el área de emplazamiento del mismo, por lo que no

habría inconvenientes en acceder la localización de los mismos. Se deja constancia

que el visado no implica la habilitación de los usos solicitados;

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR...

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