Disposición N° 820/DGIUR/21

EmisorJefatura de Gabinete de Ministros
Fecha de la disposición31 de Mayo de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 820/DGIUR/21
Buenos Aires, 21 de mayo de 2021
VISTO: La Ley N° 6.099 y sus modificatorias, el Decreto N° 99/GCABA/19, y el
Expediente Nº 09.814.103-21, y
CONSIDERANDO:
Que por el Expediente mencionado en el Visto tramita una solicitud de fijación de
Línea de Frente Interno e Interno de Basamento para el predio de la calle Joaquín V.
González Nº 3662/72 (Sección 083; Manzana 096; Parcela 025).;
Que mediante la Ley N° 6.099 se aprobó el Código Urbanístico de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires y sus correspondientes Anexos;
Que por el Decreto N° 99/GCABA/2019 se reglamentó el Código Urbanístico aprobado
por la Ley N° 6.099;
Que ha tomado intervención de su competencia la Gerencia Operativa de Morfología
Urbana mediante informe IF-2021-15270279-GCABA-DGIUR, estimando oportuno el
dictado del acto administrativo que considere factible fijar Línea de Frente Interno y
Línea Interna de Basamento conforme el grafico que adjunta;
Que la manzana en cuestión se encuentra actualmente emplazada en una zona
afectada por Unidades de Sustentabilidad de Altura Baja 2 (U.S.A.B. 2) Art. 6.2.5 del
Código Urbanístico (Ley N° 6099) y su modificatoria (Ley N° 6361), por lo que
corresponde el trazado de la Línea de Frente Interno (L.F.I.) y la Línea Interna de
Basamento (L.I.B.);
Que se trata de la manzana delimitada por las calles Mariscal Francisco Solano López,
Joaquín V. González, Navarro, Ricardo Gutiérrez y Bahía Blanca. Dicha manzana
posee un frente de 131.71 m sobre la calle Mariscal Francisco Solano López, un frente
de 85.20 m sobre la calle Joaquín V. González, un frente de 93.84 m sobre la calle
Navarro, un frente de 44.65 m sobre la calle Ricardo Gutiérrez y un frente de 61.57 m
sobre la calle Bahía Blanca; todos ellos medidos en las intersecciones de las
respectivas Líneas Oficiales (L.O.). Asimismo, computa una superficie total de
10778.72 m 2 , de acuerdo a Consulta de registro catastral obtenida por sistema
interno Parcela Digital Inteligente (PDI);
Que por ello, en vista de la documentación presentada y lo solicitado por el
peticionante, los parámetros de edificabilidad establecidos para la unidad de afectación
(U.S.A.B. 2) en el cuerpo principal de dicho Código Urbanístico, la mencionada
Gerencia Operativa de Morfología Urbana considera factible proceder a trazar la Línea
Interna de Basamento (L.I.B.) -conforme al grafico que adjunta-, ya que la misma
resulta en una no afectación a la parcela en cuestión;
Que en tal sentido, compartiendo el criterio vertido por la Gerencia Operativa de
Morfología Urbana, corresponde dictar el acto administrativo que fije Línea de Frente
Interno y Línea Interna de Basamento que tramita por el Expediente mencionado en el
Visto.
Por ello, y en uso de las facultades que le son propias,
LA DIRECTORA GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6137 - 31/05/2021

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