Disposición N° 80/DGTALPG/21

EmisorProcuración General de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
Fecha de la disposición21 de Septiembre de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.º 80/DGTALPG/21
Buenos Aires, 16 de septiembre de 2021
VISTO: La Ley Nº 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347), el Decreto N° 580/16, las
Resoluciones Nros. 3880-MHGC/16 y 1658-MEFGC/18, el Expediente Electrónico N°
20611883-GCABA- DGTALPG/21, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 471 (texto consolidado por Ley N° 6.347) regula la relación laboral de
los empleados de la Administración Pública pertenecientes al Gobierno de la Ciudad
Autónoma de Buenos Aires;
Que en su artículo 55 se encuentran previstas distintas situaciones especiales de
revista, entre ellas la comisión de servicios, a la vez que se establece que “el personal
puede revistar en forma transitoria y excepcional” en alguna de aquéllas;
Que, asimismo, por el artículo 57 de la mentada normativa se determina que “Un
trabajador revista en comisión de servicio cuando, en virtud de acto administrativo
emanado de autoridad competente, es destinado a ejercer sus funciones en forma
transitoria fuera del asiento habitual de éstas, en cumplimiento de órdenes o
instrucciones impartidas por el organismo comisionante”;
Que si bien mediante el Decreto N° 580/16 se reglamenta la Ley prealudida, al aprobar
el régimen de comisiones de servicios, transferencias y adscripciones se excluye de su
aplicación, entre otros, “al personal perteneciente al Organismo Fuera de Nivel
Procuración General de la Ciudad de Buenos Aires”;
Que, por su parte, a través de la Resolución N° 3880-MHGC/16, modificada por su
similar N° 1658-MEFGC/18, se aprueba el procedimiento administrativo electrónico
que debe observarse para la tramitación de comisiones de servicios, transferencias y
adscripciones de los agentes abarcados por la precitada Ley, precisándose que “el
personal comprendido en aquellos escalafones aprobados por Estatutos Particulares
que contengan reglamentación específica en esta materia, quedará excluido” de su
aplicación, de conformidad con las previsiones del Decreto N° 580/16;
Que, en tal marco, por IF-2021-20670232-GCABA-DGTALPG, obrante en el
Expediente Electrónico N° 20611883-GCABA-DGTALPG/21, el Director General de
Empleo Público solicita la comisión de servicios del agente Gabriel Fernando Arias
(CUIL Nº 20-30746607-5) a efectos de que desarrolle tareas de índole jurídica y
judicial en la Dirección Judicial de Empleo Público de su dependencia, a partir del 4 de
agosto del corriente año y por el término de ciento ochenta (180) días;
Que ha tomado intervención la Dirección Recursos Humanos de esta Dirección
General;
Que, a su vez, el suscripto, en tanto responsable del área donde revista el involucrado,
ha prestado conformidad con la mentada comisión al suscribir el prealudido IF-2021-
20670232-GCABA-DGTALPG;
Que, por su parte, por IF-2021-24616507-GCABA-DGDSCIV, la Dirección General
Desarrollo del Servicio Civil, dependiente del Ministerio de Hacienda y Finanzas, ha
expresado que “... no se presentan objeciones a la comisión de servicio solicitada...”;
Que, consecuentemente, deviene necesario el dictado del acto administrativo por cuyo
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6219 - 21/09/2021

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