Disposición N° 80/DGADCYP/18

EmisorMinisterio de Salud
Fecha de la disposición22 de Junio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 80/DGADCYP/18
Buenos Aires, 21 de junio de 2018
VISTO:
La Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto Reglamentario Nº
326-GCABA/17, y el Expediente Electrónico Nº 10.369.099/MGEYA-DGADCYP/2018,
la Disposición N° 67-DGADCYP/18 y la Disposición N° 73-DGADCYP/18, y
CONSIDERANDO:
Que por la actuación citada en el Visto tramita la Licitación Pública Nº 401-0535-
LPU18, al amparo de lo establecido en el artículo 31, primera parte del artículo 32 y
concordantes de la Ley Nº 2095 (Texto consolidado por Ley Nº 5666), el Decreto
Reglamentario Nº 326-GCABA/17 que se gestiona bajo el Sistema Buenos Aires
Compras (BAC), en el marco de lo dispuesto por el artículo 85- Informatización de las
Contrataciones- de la Ley de Compras y Contrataciones citada y su Decreto
Reglamentario, para la contratación del "Servicio Informático de Terminología Medica
para los efectores de salud dependientes del Ministerio de Salud del Gobierno de la
Ciudad Autónoma de Buenos Aires";
Que por Disposición N° 67-DGADCYP/18, se convocó a la citada Licitación Publica y
se fijó fecha de apertura de ofertas para el próximo 14 de junio de 2018 a las 11:00
horas;
Que por Disposición N° 73-DGADCYP/18, se postergo la citada Licitación Pública y se
fijó nueva fecha de apertura de ofertas para el próximo 22 de junio de 2018 a las 11:00
horas;
Que, en virtud del cúmulo de consultas realizadas en el proceso por parte de un
interesado, y en atención a que las mismas por su contenido son de evidente
naturaleza técnica, la Dirección General Sistemas de Información Sanitaria suscribió la
Circular N° 2 con Consulta registrada bajo PLIEG-2018-17549040-DGSISAN, que da
respuesta a dichas consultas, la cual fue publicada en el Sistema Buenos Aires
Compas bajo Circular N° 3 con Consulta;
Que, en ese orden de ideas, dada la tecnicidad de las consultas objeto de dicha
Circular, debe estarse a los términos de las respuestas emitidas por el área técnica de
esta Ministerio de Salud por lo que corresponde convalidar la Circular N° 2 Con
Consulta mencionada en el considerando anterior y dictar el acto administrativo que
así lo disponga;
Que, sin perjuicio de ello, en cuanto a la respuesta a la consulta N° 7 relativa al
régimen de redeterminación de precios, cabe ampliar la respuesta dada, dejándose
constancia que, en todos los casos sólo resultan de aplicación los precios de
referencia establecidos en el artículo 5° de la Ley N° 2809 (Texto Consolidado Ley N°
5666) que como Anexo integra la documentación licitaría;
Por ello, y en ejercicio de las competencias establecidas en la Ley Nº 2095 (Texto
consolidado por Ley Nº 5666) y el Decreto N° 326-GCABA/17,
LA DIRECTORA GENERAL ADMINISTRATIVA, CONTABLE Y PRESUPUESTO
DISPONE
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5399 - 22/06/2018

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