Disposición N° 8/CGPMMVTE/18

EmisorVicejefatura de Gobierno
Fecha de la disposición17 de Julio de 2018
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
“2018 - AÑO DE LOS JUEGOS OLÍMPICOS DE LA JUVENTUD"
DISPOSICIÓN N.° 8/CGPMMVTE/18
Buenos Aires, 4 de julio de 2018
VISTO:
La Resolución Nº 6-MMGC/15 y el Exp. Nº 17667955/2018 -MGEYA-CGPMMVTE, y
CONSIDERANDO:
Que por Resolución Nº 6/MMGC/15 se aprobó el Procedimiento General de registro de
Asistencia del Personal del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
comprendido en la Ley Nº471 y en la Ordenanza Nº 41.455;
Que en el artículo 6º del Anexo I de dicha Resolución se estableció que en los casos
de agentes que por razones de servicios desempeñen tareas fuera de su
dependencia, oficina o servicio, la Autoridad Superior de la repartición respectiva
deberá, mediante dictado de Acto Administrativo, eximir de la obligación de firmar la
Planilla de Registro de Asistencia o registrarse en el Sistema Informático de Control de
Asistencia;
Que en virtud de lo expuesto en el artículo mencionado ut supra, la vigencia de la
eximición, en todos los casos, tendrá como fecha límite el 31 de diciembre del año en
el cual fue otorgada.
Por ello, y en virtud de las facultades conferidas por la Resolución Nº 6/MMGC/15,
LA SEÑORA DIRECTORA GENERAL
DEL CONSEJO DE GESTION DEL PARQUE DE LA MEMORIA
Y DEL MONUMENTO A LAS VICTIMAS DEL TERRORISMO DE ESTADO
DISPONE:
Artículo 1º.- Déjese sin efecto la Disposición Nº 5-CGPMMVTE/2018 con su respectivo
Anexo, que como tal forman parte de dicho acto administrativo.
Artículo 2º.- Exímase de firmar la Planilla de Registro de Asistencia o de registrarse en
el Sistema Informático de Control de Asistencia a la agente María Florencia Battiti,
CUIT Nº 27-18284962-1, de la repartición a mi cargo, dependiente del Ministerio de
Vicejefatura de Gobierno, de conformidad con el Anexo IF-2018-18666880-
CGPMMVTE, que a todos sus efectos forma parte integrante de la presente.
Artículo 3º.- Otórguese como período de vigencia de la eximición, desde 04/07 hasta
31/12 del corriente año.
Artículo 4º.- Regístrese, publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires,
comuníquese a la Dirección General Planificación y Control Operativo y a la Dirección
General Administración y Liquidación de Haberes, ambas dependientes del Ministerio
de Hacienda. Cumplido, archívese. Hochbaum
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5415 - 17/07/2018

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