Disposición N° 79/DGPLBC/21

EmisorMinisterio de Cultura
Fecha de la disposición28 de Junio de 2021
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
2021 - Año del Bicentenario de la Universidad de Buenos Aires”
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DISPOSICIÓN N.° 79/DGPLBC/21
Buenos Aires, 23 de junio de 2021
VISTO: Las Leyes Nros. 6.292 y 2.035, y su Decreto Reglamentario N° 1.257/07, el
Decreto N° 463/19, la Disposición N° 54-DGLBYPL/19, la Disposición N°22-
DGPLBC/20, el Expediente Electrónico Nº 31096827-MG EYA-DGLBYPL/18, y
CONSIDERANDO:
Que la Ley N° 6.292 de Ministerios del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, determina que el Jefe de Gobierno es asistido en sus funciones por los Ministros
de conformidad con las facultades y responsabilidades que le fueran conferidas por la
misma, contemplando al Ministerio de Cultura;
Que por Decreto N° 463/19 se aprobó la nueva estructura orgánico funcional
dependiente del Poder Ejecutivo del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, contemplando dentro del Ministerio de Cultura a la Subsecretaría de Gestión
Cultural, estableciendo bajo su órbita a la Dirección General Promoción del Libro,
Bibliotecas y la Cultura;
Que la Ley N° 2.035 tiene por objeto la protección, el desarrollo y fomento de las
Bibliotecas Populares en el territorio de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires;
Que por Decreto N° 1.257/07 se reglamentó la mencionada ley;
Que mediante la Disposición N° 54-DGLBYPL/19, la entonces Dirección General del
Libro, Bibliotecas y Promoción de la Lectura, aprobó los instructivos, formularios y
guías complementarias referentes a la presentación de solicitudes de subsidios
mensuales y especiales y rendición de los mismos según Ley N° 2.035;
Que mediante la Disposición N° 22-DGPLBC/20 el anexo I “Instructivo para la
presentación de solicitudes de subsidios mensuales y especiales Bibliotecas
populares” fue modificado bajo IF-2020-9258543-GCABA-DGPLBC.
Que debido a la conocida situación de emergencia sanitaria que la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires atraviesa, prorrogada hasta el 31 de Julio de 2021 por decreto
N°8/21, es necesario establecer nueva fecha para la presentación de solicitudes de
subsidios mensuales y especiales.
Por ello, conforme las atribuciones conferidas por la Ley Nº 2.035 y su Decreto
Reglamentario N° 1257/07,
LA DIRECTORA GENERAL DE PROMOCIÓN DEL LIBRO,
BIBLIOTECAS Y LA CULTURA
DISPONE:
Artículo 1°: Sustitúyase el Anexo I “Instructivo para la presentación de solicitudes de
subsidios mensuales y especiales-Bibliotecas Populares”, aprobado por el artículo
1°de la Disposición N° 22-DGPLBC/20, por el Anexo I “Instructivo para la presentación
de solicitudes de subsidios mensuales y especiales-Bibliotecas Populares” (IF-2021-
18709732-GCABA-DGPLBC), que forma parte integrante de la presente.
Artículo 2°: Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires. Notifíquese
a las Bibliotecas Populares inscriptas en el Registro de Bibliotecas Populares de la
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 6157 - 28/06/2021

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