Disposición N° 79/DGCPT/19

EmisorSecretaría General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición28 de Noviembre de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
"2019 -Año del 25° Aniversario del reconocimiento de la autonomía de la Ciudad de Buenos Aires"
DISPOSICIÓN N.° 79/DGCPT/19
Buenos Aires, 20 de noviembre de 2019
VISTO: El Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley
N° 6.017), las Disposiciones Nros. 112-DGTALET/19 y 74-DGCPT/19, el expediente
electrónico N° 29.549.418-ENTUR/19, y
CONSIDERANDO:
Que por el expediente electrónico citado en el Visto tramita la rendición de los fondos
entregados a la Dirección General Comunicación y Promoción Turística del Ente de
Turismo de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires por la Disposición Nº 112-
DGTALET/19, en los términos del Decreto N° 491/18, para atender el desplazamiento
de la señora Verónica Elizabeth Schammas, D.N.I. Nº 21.730.151, y del señor Leandro
González Minig, D.N.I. Nº 33.039.040, por la suma total de PESOS DIEZ MIL
SETECIENTOS CON 00/100 ($ 10.700,00) en concepto de viáticos y la suma de
PESOS CUARENTA MIL CON 00/100 ($ 40.000,00) en concepto de gastos de
inscripción, verificándose un saldo no invertido de PESOS DIEZ MIL CON 00/100 ($
10.000,00);
Que por Disposición N° 74-DGCPT/19, fueron aprobados los gastos correspondientes
a la rendición de los fondos otorgados mediante el acto administrativo mencionado ut
supra;
Que se ha incurrido en un error material al momento de confeccionar dicho acto
administrativo, indicando en su tercer Considerando y en su artículo 1° el IF-2019-
30.825.388- GCABA-DGCPT, cuando debió ser indicado el IF-2019-30.835.288-
GCABA-DGCPT;
Que el artículo 124 de la Ley de Procedimientos Administrativos de la Ciudad de
Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1.510/97 (texto
consolidado por Ley N° 6.017), establece que en cualquier momento podrán
rectificarse los errores meramente materiales o de hecho y los aritméticos, siempre
que la enmienda no altere lo sustancial del acto o decisión;
Que en ese sentido, es menester dictar un nuevo acto administrativo que subsane
dicho error material en el que se ha incurrido.
Por ello, en virtud de lo dispuesto en el artículo 124 de la Ley de Procedimientos
Administrativos de la Ciudad de Buenos Aires aprobada por Decreto de Necesidad y
Urgencia N° 1.510/97 (texto consolidado por Ley N° 6.017),
EL DIRECTOR GENERAL DE COMUNICACIÓN Y PROMOCION TURÍSTICA
DEL ENTE DE TURISMO DE LA CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES
DISPONE:
Articulo 1º.- Rectifícase el tercer Considerando de la Disposición N° 74-DGCPT/19, el
cual quedará redactado de la siguiente manera: "Que, en cumplimiento con el
procedimiento para la rendición de las asignaciones en concepto de Viáticos,
Alojamiento y Pasajes establecido por la Resolución N° 97-MEFGC/19 y la Disposición
Nº 30-DGCG/19, las citadas personas, han acompañado las declaraciones juradas,
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5751 - 28/11/2019

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