Disposición Nº 75/GCABA/DGFYC/17

FirmantesPérez Lorgueilleux - Alonso - May
EmisorDIRECCI&Oacute;N GENERAL FISCALIZACI&Oacute;N Y CONTROL<br/>DIRECCI&Oacute;N GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS<br/>DIRECCI&Oacute;N GENERAL FISCALIZACI&Oacute;N Y CONTROL DE OBRAS

VISTO:

El expediente N° 20.819/2005, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 01-

GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 02-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución

N° 02-SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 11-SSCC/2005 (BOCBA N°

2194), la Resolución N° 12-SSCC/2005 (BOCBA N° 2209), la Resolución N° 56-

SSCC/2005 (BOCBA N° 2352), la Resolución N° 13 -SSCC/06 (BOCBA N° 2370), la

Resolución N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la Resolución N° 12-

SSCC-2006, la Ley N° 2624/2007 promulgada por Decreto N° 2137/2007, y;

CONSIDERANDO:

Que, el Sr. Mauricio Martinez invocando la condición de presidente de la firma

BALROM S.A., titular del local ubicado en la Avenida Cnel. Niceto Vega N° 5629/35,

planta baja y entrepiso, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, que desarrolla

actividad con nombre de fantasía "INK", solicitó la renovación de inscripción al

Registro Público de Lugares Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N°

01-GCBA/05 para el mencionado local, conforme constancia obrante a fs. 2194;

Que, el local posee habilitación por Expediente N° 62.603/2002, concedida para los

rubros restaurant, cantina, café bar, despacho de bebidas, wisquería, cervecería,

estudio de grabación de sonido, local de baile clase "C" actividad complementaria, y se

encuentra inscripto en el Registro Público de Lugares Bailables bajo el N° 059/05 por

Disposición Conjunta N° 069/05 de fecha 08 de junio de 2005 obrante a fs. 280;

Que, por Disposición Conjunta N° 079/06 de fecha 9 de junio de 2006, se otorgó una

capacidad máxima para funcionar de cuatrocientos nueve (409) personas;

Que, mediante Disposiciones Conjuntas N° 079/06, N° 069/07, N° 060/08, N° 065/09,

N° 77/10, N° 73/11, N° 81/12, N°115/13, N° 90/14 DISFC-2015-83-DGFYC y DISFC-

2016-84-DGFYC respectivamente, el local renovó la inscripción en el Registro Público

de Lugares Bailables por el término de 1 (un) año en cada una de ellas;

Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y

demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente

renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin

intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;

Que, la Gerencia y Subgerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables

evaluaron la documentación presentada por la empresa solicitante, y, del análisis

efectuado, se desprende que la empresa peticionante ha dado...

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