Disposición Nº 74/GCABA/DGFYC/17
Firmantes | Pérez Lorgueilleux - May - May p/p |
Emisor | DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL<br/>DIRECCIÓN GENERAL DE HABILITACIONES Y PERMISOS<br/>DIRECCIÓN GENERAL FISCALIZACIÓN Y CONTROL DE OBRAS |
VISTO:
El Expediente N° 30.099/2006, los Decretos de Necesidad y Urgencia N° 1-
GCBA/2005 (BOCBA N° 2126) y N° 2-GCBA/2005 (BOCBA N° 2136), la Resolución N°
02-SSCC/05 (BOCBA N° 2136), la Resolución N° 03-SSCC/2005 (BOCBA N° 2137), la
Resolución N° 11-SSCC/2005 (BOCBA N° 2194), la Resolución N° 12- SSCC/2005
(BOCBA N° 2209), la Resolución N° 12-SSCC/2006 (BOCBA N° 2370), la Resolución
N° 68-SSEMERG-SSCC/2006 (BOCBA N° 2521), la ley N° 2624/2007 promulgada por
Decreto N° 2137/07 y;
CONSIDERANDO:
Que, el Sr. Juan G. ANTOGNOZZI invocando la condición de Presidente de la firma
UNI CLUB SA solicitó la renovación de la inscripción al Registro Público de Lugares
Bailables creado por Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/2005, para el local
ubicado en la calle Guardia Vieja N° 3360 EP y 1° P de la Ciudad Autónoma de
Buenos Aires, que desarrolla actividad con nombre de fantasía "UNI CLUB";
Que, dicho local posee habilitación por expediente N° 29.044/2007 concedida para el
rubro local de baile clase "C" obrante a fs. 911 y, se encuentra inscripto en el Registro
Público de Lugares Bailables bajo el N° 081/06 por Disposición Conjunta N° 101/06 de
fecha 11 de agosto de 2006, otorgándosele una capacidad máxima para funcionar de
seiscientas treinta (630) personas;
Que, mediante Disposiciones Conjuntas N° 083/07, N° 076/08, N° 081/09, N° 101/10,
N° 93/11, N° 107/12, N° 139/13, N° 95/14, DISFC-2015-82-DGFYC, y DISFC-2016-81-
DGFYC respectivamente, el local renovó la inscripción por el término de un año en
cada una de ellas;
Que, el administrado deberá mantener vigentes todos los certificados, constancias y
demás documentación presentada en este acto hasta el vencimiento de la presente
renovación, bajo apercibimiento en caso de incumplimiento, de suspender, sin
intimación previa y de manera inmediata, la inscripción del local en este Registro;
Que, la Gerencia Operativa de Dictámenes ha tomado debida intervención conforme lo
establecido por la Resolución N° 66/AGC/13;
Que, la Gerencia y Subgerencia Operativa Registro Público de Lugares Bailables
evaluaron la documentación aportada por la firma solicitante, y del análisis efectuado
se desprende que la empresa peticionante ha dado cumplimiento a los requisitos
establecidos en el artículo 6° del Decreto de Necesidad y Urgencia N° 1-GCBA/05 y
sus reglamentaciones, a los fines de la renovación de la inscripción en éste Registro
Público;
Que, por RESOL-2017-211-AGC de fecha 20 de julio de 2017 se encomienda la...
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