Disposición Nº 712/GCABA/DGIUR/15

FirmantesLedesma
Jefe de GobiernoMauricio Macri
EmisorDirección General de Interpretación Urbanistica
Fecha de la disposición18 de Mayo de 2015

VISTO:

El Expediente N° 7.726.616/2015 por el que se consulta sobre la factibilidad de

localizar el uso: "Oficina Comercial" para el inmueble sito en la calle Florida N° 40 Piso

13°, con una superficie a habilitar de 393,88 m2, y

CONSIDERANDO:

Que se trata de un inmueble afectado a la Zona 1 Distrito APH 51 "Catedral al Norte"

de Zonificación General del Código de Planeamiento Urbano Ley 449, Texto Ordenado

Decreto N° 1.181-GCBA-2007, el mismo se encuentra Catalogado con Nivel de

Protección Cautelar;

Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, a través del Informe N°

8639775-DGIUR-2015, considera que desde el punto de vista urbanístico y del

Patrimonio Urbano no existen inconvenientes para acceder a la localización de los

usos permitidos toda vez que los mismos no originan impactos relevantes en el

Distrito;

Que los usos consignados permitidos son: "Servicios: Oficina comercial, Oficina

consultora";

Que respecto a la localización de publicidad, no se registra esquema ni propuesta

alguna, por lo que no corresponde su visado;

Que se exime de la obligación de cumplimentar los requerimientos de estacionamiento

establecidos en el cuadro de Usos N° 5.2.1a) por aplicación del art. 5.3.4 "Casos

Especiales";

Que toda reforma posterior y/o modificación del inmueble y/o tratamiento de la fachada

y/o colocación de publicidad deberá ser consultada a esta Dirección General.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Autorízase desde el punto de vista urbanístico y patrimonial la localización

del uso: "Oficina Comercial" para el inmueble sito en la calle Florida N° 40 Piso 13°,

con una superficie a habilitar de 393,88 m2, (Trescientos noventa y tres metros

cuadrados con ochenta y ocho decímetros cuadrados) debiendo cumplir con toda la

normativa vigente que resulte de aplicación para el presente caso.

Artículo 2° Hágase saber al recurrente, que sin perjuicio de no haber solicitado

publicidad, en caso de requerir en un futuro su visado así como para toda reforma,

modificación del inmueble, pintura de la fachada deberá ser...

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