Disposición N° 7/DGDTU/19

EmisorSecretaría General y Relaciones Internacionales
Fecha de la disposición18 de Marzo de 2019
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N.° 7/DGDTU/19
Buenos Aires, 13 de marzo de 2019
VISTO,
el Decreto Nº 433/16, el Proceso N° 1083-SIGAF/19, los Expedientes Electrónicos N°
EX-6.662.786-DGTALET/19 y N° 7.699.369-GCABA-DGDTU/19 y,
CONSIDERANDO:
Que por el Exp N° 7.699.369-GCABA-DGDTU/19 tramita la aprobación del gasto
producido por un (1) servicio de pasajes en relación a viajes a realizarse durante el
mes de marzo del corriente año, de representantes de asociaciones profesionales en
el marco del Programa de Captación y Promoción de Eventos Internacionales,
destinado a la esta Dirección General, prestado por la firma RICAAR SRL CUIT 30-
70728747-7 bajo el Proceso N° 1083-SIGAF/19, por un monto total de PESOS
CIENTO DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y DOS CON 40/100
($116.472,40);
Que por el Exp N° 6.662.786-DGTALET/19 tramita el llamado a Contratación Menor
bajo el Proceso de Compra N° 9266-0478-CME19, habiéndose declarado fracasado el
mismo, como surge de la Disposición N° DI-2019-4-DGDTU;
Que el Decreto Nº 433/16, establece un mecanismo y competencia para hacer frente a
aquellos gastos impostergables descentralizados operativamente que aseguren un
servicio o beneficio inmediato para la Ciudad o su gestión administrativa, que deben
llevarse a cabo y no pudieran ser gestionados desde su inicio a través de los
procedimientos vigentes en materia de compras y contrataciones;
Que ante la inminencia de los servicios de pasajes requeridos, motivaron hacer frente
al pago de los mismos mediante el mecanismo contemplado en el Decreto
precedentemente indicado, solicitando a dichos efectos las cotizaciones requeridas,
conforme da cuenta el cuadro comparativo obrante en el N° de Orden 9, que con el
tipo de cambio del BCRA al día 8 de marzo del corriente año (obrante con el N° de
Orden 10), verificándose las siguientes ofertas: 1er oferta: GRUPO OCHO SRL - CUIT
30-70823764-3 cuya cotización total asciende a la suma de PESOS CIENTO
NOVENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE CON 88/100
($195.599,88); 2da oferta: RICAAR S.R.L - CUIT 30-70728747-7 cuya cotización total
asciende a la suma de PESOS CIENTO DIECISEIS MIL CUATROCIENTOS
SETENTA Y DOS CON 40/100 ($116.472,40), y 3era oferta: EUROTUR SRL - CUIT
30-53746256-2 cuya cotización total asciende a la suma de PESOS NOVENTA Y
TRES MIL DOSCIENTOS SETENTA Y UNO CON 44/100 ($93.271,44);
Que, la oferta de GRUPO OCHO SRL - CUIT 30-70823764-3 resulta la oferta menos
conveniente en su aspecto económico, la oferta de EUROTUR SRL CUIT 30-
53746256-2 exige pago anticipado, resultando en consecuencia, la oferta de RICAAR
SRL 30-70728747-7 la más conveniente en su aspecto económico;
Que la Subgerencia Operativa de Presupuesto y Control del Gasto ha dejado debida
constancia que se contaba con saldo disponible en los créditos presupuestarios
comprometidos;
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5579 - 18/03/2019

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