Disposición Nº 69/GCABA/DGIUR/17

FirmantesBugarín
EmisorDIRECCIÓN GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

VISTO:

El Expediente N° 23.755.944/2016 por el que se consulta sobre la "Desgravación

Impositiva", del inmueble sito en la calle Paraguay N° 1535, y

CONSIDERANDO:

Que el inmueble en cuestión, correspondiente a la Sección 007, Manzana 028, Parcela

037a, se encuentra incorporado al Listado de Inmuebles Catalogados de la Ciudad

Autónoma de Buenos Aires mediante Ley N° 3535 del día 12 de agosto de 2010

(BOCBA N° 3531 25/10/10) con Nivel de Protección Cautelar; Que el Área Técnica

competente de esta Dirección General, a través del Informe N° 984848-DGIUR-2017,

el Área técnica informa que:

El edificio responde a la tipología "Hotel Particuler" y fue objeto de una intervención

que incluyó la restauración del edificio histórico recuperando sus aspectos espaciales,

ornamentales y técnicos constructivos generales, la readecuación tecnológica y la

refuncionalización del mismo para transformar los espacios de vivienda residencial en

oficinas institucionales. Asimismo se incorporó un volumen nuevo, exento del anterior,

ubicado en el fondo de la parcela sin superar la altura del basamento permitida en el

distrito C2 donde se emplaza, y con una vinculación funcional con el edificio original

realizada bajo nivel a través de un "patio inglés". Esta obra sustituyó un edificio de

hormigón armado que había sido construido con posterioridad al edificio de valor

patrimonial. Por estos motivos y tratándose de un edificio catalogado singular en

función le correspondería asimilarse a lo dispuesto en el punto 6 "Incentivos" del

Distrito APH 50, y del artículo 10.2.4 del Código de Planeamiento Urbano.

Que en tal sentido y analizado lo expuesto cabe consignar que el porcentaje de

desgravación impositiva previsto es del 40%, por ser un edificio de más de 60 años de

antigüedad y con Nivel de Protección Cautelar. Se hace constar que el tributo a

desgravar corresponde sólo a Contribución Territorial;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas,

EL DIRECTOR GENERAL DE INTERPRETACIÓN URBANISTICA

DISPONE

Artículo 1° Considérase, desde el punto de...

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