Disposición Nº 69/GCABA/DGIUR/15
Firmantes | Ledesma |
Jefe de Gobierno | Mauricio Macri |
Emisor | Dirección General de Interpretación Urbanistica |
Fecha de la disposición | 16 de Enero de 2015 |
VISTO:
El Expediente N° 15.307.965/2014 por el que se solicita el Visado de Publicidad, para
el inmueble sito en la Avenida Presidente Julio A. Roca N° 644 / 646, y
CONSIDERANDO:
Que el inmueble en cuestión está emplazado en el Distrito Aph 1 - 14 - Amortiguación,
de zonificación del Código de Planeamiento Urbano, el mismo se encuentra
Catalogado con Nivel de Protección General;
Que el Área Técnica competente de esta Dirección General, mediante Informe N°
426759-DGIUR-2015, indica que se observa en el plano adjunto en página 1 del Plano
N° 2014-15307451, se propone únicamente sobre la fachada de acuerdo con el
esquema adjunto y con las dimensiones y materiales que allí se especifican, la
cartelería publicitaria la cual contiene sobre el frente las letras corpóreas de plástico,
contraletra en planchas de acrílico, y logo iluminado con tiras de leds en el centro de la
letra;
Que de acuerdo a lo analizado en la documentación adjunta, en lo referente a la
solicitud para la instalación del cartel publicitario, la propuesta del plano adjunto de
página 1 del PLANO N° 2014-15307451 se ajusta a lo establecido en el parágrafo
4.2.2.1 Normas Generales, punto d) Publicidad-Anuncios: "En la fachada principal de
los edificios nuevos o protegidos se permitirán anuncios frontales, cuyo tamaño no
supere el 5% de la superficie total de la fachada correspondiente a la planta baja y sin
sobresalir de la altura de la fachada.
Está prohibido el emplazamiento de anuncios en forma saliente y estructuras
publicitarias, como así también la colocación de los mismos obstruyendo aberturas
existentes y/o deteriorando molduras, o cualquier otro elemento plástico de la fachada.
Los anuncios luminosos y artefactos de iluminación nocturna no deberán deformar el
relieve.
Queda prohibida la ejecución de anuncios desde el interior de locales con
trascendencia sonora al exterior; sólo se permitirán anuncios desde el interior de
locales proyectados por medio de circuitos cerrados de televisión, sistema
cinematográfico, diapositivas o cualquier otro medio electrónico.
No se admite la instalación de ningún tipo de publicidad en medianera ni...
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