Disposición N° 69/DGSPCB/20

EmisorMinisterio de Justicia y Seguridad
Fecha de la disposición14 de Febrero de 2020
Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires
DISPOSICIÓN N69/DGSPCB/20
Buenos Aires, 11 de febrero de 2020
VISTO: Las Leyes Nº 5688/16 (B.O. N° 5030) y N° 6280/19 (B.O. Nº 5767), los
Decretos N° 446/06 y N° 394/14, las Disposiciones N° 5- DGSPR/2017, N° 9-
DGSPR/2018, Nº 21-DGSPCB/2020, la Carpeta E723633, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Disposición N° 5-DGSPR/2018, la empresa SPAD S.R.L., con domicilio
real en la calle Colonia Nº 4336, Francisco Álvarez, Provincia de Buenos Aires y
constituido en la calle Viamonte Nº 1336, Piso 3º, Dpto. “16“, de la Ciudad Autónoma
de Buenos Aires; fue habilitada por el término de dos años, para prestar servicios de
seguridad privada, conforme Artículo 439, sin autorización de uso de armas de fuego:
Punto 2, Inciso a), b), c), y, d);
Que el plazo de vigencia de dicha habilitación ha finalizado en fecha 04/01/2020;
Que ante el vencimiento de la habilitación, y el tiempo transcurrido sin que la
interesada haya completado el trámite de renovación de la habilitación adjuntando la
documentación requerida al efecto, se dispuso la baja de la empresa del registro de
seguridad privada mediante Disposición Nº 21-DGSPCB/2020, de fecha 13/01/2020,
debidamente notificada;
Que con fecha 04/02/2019, la empresa presentó un recurso de reconsideración
respecto al acto administrativo que dispuso la baja de la empresa en cuestión,
solicitando se revea dicho acto y se renueve la habilitación de la misma por un nuevo
periodo; en las categorías establecidas por la Ley Nº 5688, en su Artículo 439, sin
autorización de uso de armas de fuego: Punto 2, Inciso a), b), c), y, d);
Que con dicha solicitud, la peticionante propuso para el cargo de Director Técnico, en
los términos del Art. 458° y concordantes de la mencionada Ley, al señor Avelluto
Eduardo Leandro con D.N.I. Nº 27.284.863 y para el cargo de Responsable Tecnico
en los términos del Art. 444° y concordantes de la mencionada Ley, al señor Ramirez,
Gonzalo, D.N.I. N° 25.296.771;
Que de las verificaciones efectuadas y de la documentación obrante en estas
actuaciones, esta Dirección General entiende que procede la revocación de la
Disposición Nº 21-DGSPCB/2020;
Que la firma de referencia reúne los requisitos exigidos por la Ley Nº 5688, para
concederle la renovación de su habilitación, como prestadora de servicios de
seguridad privada, en las categorías peticionadas y en consecuencia para otorgarle el
alta en la actividad por un nuevo período;
Que asimismo la empresa peticionante abonó el arancel establecido por el Anexo I,
Artículo 176, Inciso 18, de la Ley 6280, por lo que corresponde el otorgamiento de la
renovación de la habilitación por el plazo de dos (2) años contados a partir del día de
la fecha;
Por todo ello, y en uso de las facultades que le son propias;
EL DIRECTOR GENERAL
DE SEGURIDAD PRIVADA Y CUSTODIA DE BIENES
Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires - Nro 5802 - 14/02/2020

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